Público
Público

El Constitucional suspende la atención sanitaria a inmigrantes en Navarra

El Alto Tribunal admite a trámite la demanda del Estado contra el Gobierno foral por el decreto que regula la asistencia sanitaria en la comunidad

PÚBLICO/ AGENCIAS

El Tribunal Constitucional ha suspendido la aplicación del decreto foral 117/2012, que regula el acceso a la asistencia sanitaria pública en Navarra y que fija la asistencia sanitaria gratuita a los inmigrantes en situación irregular que acrediten al menos un año de residencia en la Comunidad foral, falta de recursos económicos e inexisencia de antecedentes penales.

La suspensión se ha hecho efectiva cuando el Alto Tribunal ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia promovido por el Ejecutivo central contra el Gobierno foral por la normativa navarra. La admisión del recurso produce 'la suspensión de la vigencia y aplicación del decreto impugnado desde el día 9 de enero de 2013, fecha de interposición del conflicto', recoge el acuerdo del Constitucional.

El Gobierno de Navarra ya ha comunicado que presentará alegaciones a la decisión del TC (dispone de 20 días para hacerlo) y que solicitará el levantamiento de la suspensión. Entre otras cuestiones, el Ejecutivo foral argumentará que su decreto no entra dentro de las competencias de autogobierno de Navarra y no contraviene las competencias de la Administración del Estado sobre el derecho de acceso al Sistema Nacional de Salud.

De forma simultánea y con el fin de que nadie se viera privado de acceder al sistema de asistencia sanitaria universal en Navarra, el pasado octubre el Gobierno foral aprobó la modificación del decreto foral por el que se establecían los requisitos de acceso al sistema de universalización de la asistencia sanitaria en Navarra. En virtud de sus competencias en política social, el Gobierno foral también autorizó una convocatoria de ayudas para el abono íntegro de las tasas de la asistencia sanitaria, dirigida a personas sin recursos con más de un año de residencia en la Comunidad.

El Constitucional ha requerido asimismo al Abogado del Estado para que, en el plazo de diez días, aporte el preceptivo dictamen del Consejo de Estado.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias