Este artículo se publicó hace 16 años.
El TS ve mañana el recurso contra la absolución de Atutxa por no disolver SA
El Tribunal Supremo ve mañana el recurso contra la sentencia que absolvió al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa de un delito de desobediencia por no haber disuelto el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, nombre que adoptaron los electos de Batasuna tras su ilegalización.
El recurso será examinado por trece de los catorce magistrados de la sala de lo penal del Alto Tribunal -el decimocuarto, José Manuel Maza, ha sido recusado-, después de que el pasado 28 de diciembre lo solicitaran así los cinco jueces a los que había correspondido la causa.
Unas semanas antes, el pleno de la sala había confirmado el archivo del caso de las cesiones de crédito -procedimiento que afectó al presidente del Banco Santander, Emilio Botín- en una resolución que limita el papel de las acusaciones populares en las causas que se instruyen como procedimiento abreviado, doctrina que puede ser aplicable al "caso Atutxa".
El recurso que se ve mañana ha sido interpuesto por el llamado Sindicato de Funcionarios Manos Limpias, que a pesar de su nombre no cuenta con representación en ningún centro de trabajo y cuyo máximo responsable es el ex dirigente del partido de extrema derecha Fuerza Nueva Miguel Bernard.
Sólo Manos Limpias ha recurrido la absolución de Atutxa por parte del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), mientras que el fiscal pedirá que se confirme esa decisión y en el procedimiento no hay ninguna acusación particular personada.
En su sentencia sobre el caso de las cesiones de crédito, el Supremo justificó la decisión de limitar en los procedimientos abreviados el ejercicio de la acción popular, que no podrá pedir la apertura de juicio oral cuando la Fiscalía y los perjudicados hayan solicitado el sobreseimiento de la causa, en la necesidad de salvaguardar los derechos del acusado.
El Alto Tribunal explicó que es perfectamente admisible, cuando el órgano que tiene por misión promover la acción de la justicia (la Fiscalía) y el propio perjudicado creen que la causa debe ser sobreseída porque los hechos no constituyen delito, que el legislador no haya querido conferir a la acción popular un derecho superior al de las otras partes.
Aunque el caso de Atutxa se encuentra en un momento procesal muy posterior al de la apertura de juicio oral, ya que la vista se celebró y hubo sentencia, el Supremo deberá estudiar si su doctrina es o no aplicable a este procedimiento.
El recurso se ha interpuesto contra la sentencia del TSJPV que en enero de 2007 absolvió a Atutxa y a los miembros de la Mesa de la Cámara Vasca Gorka Knorr y Kontxi Bilbao.
La resolución del TSJPV consideró que la voluntad de Atutxa no era desobedecer la orden del Supremo de disolver Sozialista Abertzaleak (SA) -nombre que adoptó el grupo parlamentario de Batasuna tras su ilegalización- sino que la Mesa no encontró la fórmula reglamentaria para hacerlo.
El TSJPV ya había absuelto en 2004 a los tres imputados por entender que gozaban de inviolabilidad parlamentaria y que habían actuado en el marco de sus funciones en la Mesa del Parlamento autonómico, aunque después el Supremo estimó un primer recurso de Manos Limpias y devolvió la causa al Alto Tribunal vasco para que dictara sentencia sobre el fondo de la cuestión.
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