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El TSJC obliga a la Generalitat a escolarizar 6 alumnos en castellano

El tribunal insiste en que se debe considerar al castellano como lengua vehicular junto con el catalán. Las sentencias piden a la Generalitat que adapte el sistema de enseñanza lingüística sin segregar a los alumnos

EUROPA PRESS

La sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha fallado a favor de seis familias que interpusieron sendas medidas cautelares en contra de la Conselleria d'Ensenyament de la Generalitat para que adoptara 'las medidas necesarias' para que sus hijos reciban 'una enseñanza conjunta en las dos lenguas oficiales, de forma proporcionada y sin desequilibrios entre ellas'.

La resolución pide a las escuelas que 'adapten el sistema de enseñanza a la nueva situación', sin que esto suponga la segregación de los seis alumnos por razón de lengua.

El TSJC también ha dictado que la Administración deberá considerar el castellano como lengua vehicular de la enseñanza, juntamente con el catalán, tal y como sentenció el Tribunal Constitucional en 2010, en 'la proporción que proceda dado el estado de normalización lingüística alcanzado por la sociedad catalana'. La proporción y su puesta en práctica 'corresponde acordarla a la Generalitat' después de atender a la realidad sociolingüística del centro, detallan las resoluciones.

Las medidas cautelares disponen del voto particular del magistrado Alberto Andrés Pereira, que considera que el procedimiento cautelar sólo se debe utilizar ante perjuicios irreparables que, en este caso, no se producen, ya que no cabe considerar como un perjuicio 'la enseñanza conforme al sistema que han seguido todos los alumnos de Catalunya durante cerca de veinte años'.

Pereira también se ha quejado de que la parte recurrente no precisa 'el alcance' que atribuye a su petición, y que no puede pedir que las dos lenguas tengan idéntica proporción, pues esto va en contra de lo previsto en la Ley de Educación. Las medidas han tenido en cuenta la resolución del Tribunal Constitucional respecto a la sentencia sobre el Estatut, así como las reiteradas sentencias posteriores del Tribunal Supremo y las análogas del TSJC.

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