Este artículo se publicó hace 15 años.
Las víctimas denuncian la impunidad judicial del franquismo
Una jueza de Zaragoza dice que los delitos de «memoria histórica» no competen a los juzgados
Las víctimas del franquismo están indignadas. Que el Tribunal Supremo admita una querella contra el juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, por una supuesta prevaricación, acentúa su sensación de que la justicia protege la impunidad de los culpables, de que miles de personas sigan desaparecidas en las cunetas desde hace más de 70 años. Las asociaciones de familiares de fusilados temen que la cobertura del Supremo a los neofranquistas limite el impulso que algunos pocos jueces territoriales puedan dar en un futuro para hacerse cargo de las fosas.
"Es un intento más por paralizar el proceso democrático de denunciar la impunidad con la que hemos sobrevivido a la existencia de miles de desaparecidos", lamenta el presidente de la Asociación Memoria Histórica do 36 de Ponteareas, Ángel Rodríguez. Este colectivo se topó el pasado abril con la negativa del juez de O Porriño (Pontevedra) a investigar un delito de desaparición forzada en una fosa en Salceda de Casales. El juez argumentó que la imposibilidad de encontrar culpables vivos hacía innecesaria la apertura de la fosa.
La decisión del Supremo apoya las tesis de jueces como Natividad Rapún. Esta magistrada de Zaragoza archivó el pasado 3 de abril una denuncia de una asociación de víctimas que le pidió que investigara la detención y asesinato, el 26 de agosto de 1936, de 22 afiliados de UGT en Magallón (Zaragoza). La jueza justificó su negativa por cuatro motivos: los delitos han prescrito según el Código Penal vigente hoy, la Ley de Amnistía de 1977 es aplicable a todos los asesinatos políticos anteriores a esa fecha, "con toda seguridad" los autores han fallecido y, además, la "memoria histórica" no compete a los juzgados.
"Detención ilegal"Algunos juristas niegan que cualquiera de esos supuestos impida a los jueces abrir diligencias previas ante un posible delito de "detención ilegal", tal y como denuncian las asociaciones. "Los delitos de desapariciones forzadas no prescriben hasta que no aparezca la víctima", argumenta el protocolo de denuncia elaborado por el ex presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona, Antonio Doñate.
Este documento anima a las asociaciones a argumentar sus denuncias con la jurisprudencia, que señala que una hipotética denuncia ante el Tribunal Constitucional podría sentenciar que la Ley de Amnistía de 1977 fue aprobada antes que la propia Constitución Española 6 de diciembre de 1978 y, por tanto, no es aplicable como excusa de que los desaparecidos lo sigan siendo.
Los delitos de 1936 no han prescritoLa ley de amnistía de 1977 es preconstitucional
Los jueces que rechazan investigar las fosas del franquismo aluden a que esta normativa fue aprobada en un régimen democrático y que amnistiaba a los culpables de los crímenes políticos previos. Otros juristas creen que esa ley no sirve para juzgar hoy delitos vigentes porque va en contra de la Constitución que se aprobó
un año después.
Los crímenes no han prescrito
Otro argumento judicial dice que los asesinatos de 1936 han prescrito según el Código Penal vigente. Sin embargo, los crímenes de lesa humanidad no prescriben y otro tipo de delitos, como los de desaparición forzosa, tampoco son archivados hasta que no aparece la víctima. En este caso, está bajo tierra en una fosa común.
La ley de la memoria histórica se encarga
Las asociaciones de víctimas que han denunciado ante los jueces los crímenes de Franco creen que lo establecido en la Ley de la Memoria Histórica no es incompatible con una vía jurídica de búsqueda de culpables y reparación a las víctimas.
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