Este artículo se publicó hace 15 años.
La Audiencia de Barcelona ve indicios de delito en una web de enlaces P2P
Confirma la decisión de abrir juicio oral contra los responsables de la ya desaparecida Ps2rip.net
La dirección del viento en Internet parece que está cambiando. Tras dos años de resoluciones judiciales archivando denuncias y demandas contra los dueños de páginas de enlaces, los jueces empiezan a dictar resoluciones en sentido contrario. La última, conocida hoy, es de la Audiencia Provincial de Barcelona . Su sección tercera a rechazado un recurso presentado por la defensa del sitio Ps2rip contra la decisión del Juzgado de Instrucción n° 3 de Cerdanyola del Vallés de abrir juicio oral. Con éste, ya son cinco las páginas P2P que se sentarán en el banquillo en los próximos meses.
La policía detuvo en abril de 2006 a los dueños de Ps2rip, uno en Mataró y el otro en Sant Adriá del Besós, bajo la acusación de vulnerar derechos de propiedad intelectual desde su página. Otras 13 personas fueron también arrestadas en lo que la policía llamó entonces "una actuación policial sin precedentes en Europa". La web, junto a otras 16, fue bloqueada.
El juez de Cerdanyola del Vallés que instruyó el caso acordó en marzo pasado la continuación de la causa, rechazando el archivo que pidió la defensa. Contra esta decisión, los abogados defensores recurrieron a la Audiencia de Barcelona sosteniendo que los hechos denunciados, poner enlaces en una web a archivos P2P, no es delito. Pero el tribunal ha desestimado la apelación.
En el auto se dice que: "En el caso de autos en la página web www.ps2rip.net se ofertaban sin autorización de los propietarios de los derechos de propiedad intelectual una serie de juegos, algunos incluso que todavía no se habían comercializado en España, facilitando el enlace para mediante plataformas P2P, obteniendo un beneficio publicidad que se insertaba en la citada página".
Aunque la defensa mantuvo el argumento, aceptado en otros casos, de que colocar enlaces a archivos que no están en la propia página no es delito. La Audiencia cree que al menos hay base suficiente para seguir con la investigación judicial. Para este tribunal, "existiendo indicios de la comisión del delito, está plenamente justificada la adopción de la resolución prevista en (...) la Ley de Enjuiciamiento Criminal, debiendo reservarse al acto del Juicio Oral y la correspondiente sentencia la valoración sobre si los hechos denunciados son definitivamente constitutivos del delito previsto en el art. 270.1 del Código Penal.
Este artículo prevé penas de prisión de entre seis meses y dos años para los que " con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero" vulenere la propiedad intelectual.
El abogado defensor, Carlos Sánchez Almeida, recuerda que "no se está juzgando al P2P, se juzga a los responsables de páginas de enlaces con publicidad y no a los usuarios.
por su parte, el director general de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP), José Manuel Tourné, asegura que "la ley no ha cambiado". Lo que está sucediendo ahora, según él, es que los jueces están obviando la circular de la Fiscalía General del Estado que, en abril de 2006, recordaba que si no había ánimo de lucro, debía pedirse el archivo. En su lugar, están considerando, según Tourné, el articulado de la Ley de Propiedad Intelectual, cuya reforma entró en vigor tres meses después que la circular.
"Esta norma restringe la copia privada y amplia el concepto de comunicación pública, concretando lo que es la tipificación de la puesta a disposición de una obra a una pluralidad de personas", recuerda Tourné. "Y proveer de enlaces es poner a disposición", añade.
Según Sánchez Almeida, "no era necesario sentar en el banquillo a estas personas". Para el letrado, todos los elementos necesarios para decidir si estas páginas son delictivas o no ya están ahí. "La discusión es jurídica, nadie discute los hechos", comenta.
Con este caso, ya son cinco al menos en los que los jueces han resuelto abrir juicio oral. A pesar de todo lo escrito, aún hoy no se ha celebrado un juicio propiamente dicho contra una página de enlaces en España, entre otras cosas porque hasta ahora, todos los jueces habíaa decidido archivar los casos durante las diligencias previas.
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