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La SGAE insiste en que los enlaces son "comunicación pública"

Hoy se ha celebrado la vista de apelación contra elrincondejesus.com. Un juez ya determinó que los enlaces de esta web no vulneraban la propiedad intelectual

BLANCA SALVATIERRA

El responsable de la página elrincondejesus.com, Jesús Guerra, fue el primero en sentarse ante un juez para defender que una página con enlaces a películas y música no viola la Ley de Propiedad Intelectual. Hoy se ha celebrado la vista de la apelación presentada por la SGAE, que insiste en la idea de que esta web realiza comunicación pública y reproducción de obras del repertorio gestionado por SGAE.

El juicio, celebrado en enero del año pasado, se saldó en marzo con una sentencia de un juzgado mercantil que desestimaba esta acusación de la SGAE argumentando que 'el sistema de enlaces constituye la base misma de Internet'. Durante el primer proceso el juez consideró acreditado que El rincon de Jesus no almacenaba los archivos y que, por tanto, no suponía ni distribución, ni reproducción, ni comunicación pública. 

'Quien consuma la comunicación pública no es quien ofrece un enlace sino quien sube el archivo', explica Carlos Sánchez Almeida, abogado de Jesús Guerra. Este propietario de un bar en Barcelona, incluía en su web enlaces torrent y ed2k  a películas que ya se encontraban en internet. Según quedó demostrado en el primer juicio, ni subía los archivos ni tenía ánimo de lucro. Guerra decidió cerrar su web precisamente cuando se desestimó la demanda de la SGAE, y ha vuelto a abrirla después del verano pasado.

En la apelación celebrada hoy, tres magistrados decidirán algo más que el futuro de la página, que retomó su actividad como foro tras unos meses en los que su propietario decidió cerrarla. Tendrán que decidir si refrendan la sentencia anterior y, por tanto, ratifican que los enlaces a contenidos con copyright no incumplen la Ley de Propiedad Intelectual.

La sentencia sobre la vista realizada hoy no supondrá el fin del proceso, que puede tener continuación ante el Tribunal Constitucional. 

Las páginas que tengan abiertas una causa penal no pueden someterse a un expediente administrativo mientras el proceso no se resuelva definitivamente, explica Sánchez Almeida.

Con el panorama de cierres que pretende iniciar la ley Sinde, podría darse la paradoja de que un caso contra una web de enlaces se hubiese sobreseído por los jueces y que la Comisión administrativa contemplada en esta norma solicite a otro juez que autorice su cierre.

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