Este artículo se publicó hace 13 años.
La UE censura a España por las minas a cielo abierto
La abogada general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE) de Luxemburgo, Juliane Kokott, ha pedido que se condene a España por autorizar la explotación de minas a cielo abierto en la zona protegida del Alto Sil, en el noroeste de Castilla y León, sin evaluar su impacto en el medio ambiente y en especies en peligro como el oso pardo y el urogallo.
El dictamen da la razón a la Comisión Europea, que había llevado el caso ante el TUE por considerar que España vulnera la legislación medioambiental comunitaria. La opinión de la abogada general no tiene carácter vinculante, pero el Tribunal de Luxemburgo atiende sus recomendaciones en el 80% de los casos.
La abogada general propone, en concreto, que el TUE declare que España ha infringido la directiva sobre hábitats al haber autorizado la explotación a cielo abierto en las minas de Nueva Julia y Ladrones sin haber evaluado de manera apropiada las posibles repercusiones de dichos proyectos.
Además, el dictamen pide que se condene a España por "no haber adoptado las medidas necesarias para evitar el deterioro no justificado de la ZEPA" [zona de especial protección para las aves] Alto Sil por la explotación de las minas a cielo abierto Feixolín, Fonfría y Ampliación de Feixolín.
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