Viajar con niños: Aena ofrece varios servicios para facilitar el paso de los menores por sus aeropuertos
Los aeropuertos de Aena ponen a disposición de los niños y sus familias zonas de juego y servicios como sillas de paseo, filtros de familia y salas de lactancia para que el paso por el aeropuerto sea más cómodo y confortable. La documentación y requisitos necesarios para que los menores viajen solos o acompañados depende de su edad y destino. Algunas compañías aéreas disponen de un servicio de acompañamiento especialmente pensado para los menores que vuelan no acompañados.

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Si viajas con menores, los aeropuertos de Aena te lo ponen más fácil. En muchos de los aeropuertos de Aena, los viajeros tienen a su disposición zonas de juego y un servicio gratuito de sillas de paseo para niños, pero también aseos específicos para familias y salas de lactancia para mayor comodidad e intimidad. En varios aeropuertos también puedes hacer uso del filtro de seguridad para familias, pensado para facilitar el paso por el control de seguridad a los más pequeños.
En algunas ocasiones, viajar con menores puede suscitar alguna duda sobre si deben llevar o no algún tipo de documentación y lo cierto es que dependerá, según el caso.
Menores acompañados
Los niños menores de 14 años acompañados por sus progenitores/tutores que viajan dentro de España pueden hacerlo sin documentación propia. Sin embargo, algunas compañías solicitan el libro de familia por lo que es recomendable consultar siempre la documentación que van a pedirte. Si el menor viaja acompañado de un adulto que no es su tutor o progenitor, es imprescindible consultar con la compañía si acepta este tipo de viajeros y la documentación necesaria.
A partir de cumplir los 14 años, los menores, sí deben llevar la misma documentación que los pasajeros adultos (DNI o pasaporte).
Menores que viajan solos o acompañados al extranjero
En el caso de que se trate de menores españoles que viajan fuera del territorio nacional, además de llevar los documentos de viaje ordinarios (pasaporte o DNI según el caso), estarán sujetos a lo que dispongan las autoridades ministeriales correspondientes con el objeto de justificar su salida del territorio nacional, aspecto que se detalla en la web del Ministerio del Interior.
Si los viajeros son menores extranjeros residentes en España, serán sus representantes legales o ellos, en virtud de lo que dispongan sus respectivas normativas nacionales, quienes deberán acudir a sus autoridades consulares para cumplimentar la documentación necesaria conforme a la legislación de su país.
Servicio de acompañamiento para menores que viajan solos
La mayoría de las compañías aéreas ofrece un servicio de acompañamiento para menores de entre 5 y 12 años que viajan solos (con coste adicional). Las personas responsables del menor deberán firmar un descargo de responsabilidad y garantizar que en el aeropuerto de destino se hará cargo de él otra persona adulta.
Salida
Tras obtener la tarjeta de embarque, el menor queda a cargo de la compañía aérea, que se convierte en su responsable jurídico. El menor recibirá entonces una bolsa que deberá llevar encima con cuatro documentos:
· El billete de avión.
· Su documento de identidad.
· La autorización paterna.
· Ficha de identificación con los datos de contacto de la persona encargada de recogerlo en el aeropuerto de destino.
Llegada
A la llegada, por norma general, los menores no acompañados salen del avión en último lugar, acompañados por el personal de la compañía. Tras la recogida del equipaje, el menor es entregado a la persona designada, previa comprobación de su identidad.


