Este artículo se publicó hace 13 años.
Un año de cárcel para los dueños de dos páginas de enlaces
La Audiencia Provincial de Bizkaia revisa y rectifica la tomada por un Juzgado de lo Penal
La Audiencia Provincial de Bizkaia comunicó este lunes su sentencia contra los responsables de dos páginas de enlaces: un año de prisión y 14 meses de multa. La resolución revisa y rectifica la tomada por un Juzgado, que no vio delito alguno en los enlaces a material sujeto a derechos de autor. Para el tribunal bilbaino, enlazar sí es comunicación pública y, por tanto, punible penalmente.
En febrero pasado, un juzgado de lo Penal de Barakaldo nº 1 dictó la primera sentencia en vía penal que entraba en el fondo del asunto contra páginas de enlaces. Hasta entonces, todos los casos penales habían sido archivados. En aquella ocasión, el juez consideró que los responsables de los sitios Fenixp2p y Mp3-es.com no habían cometido delito, ya que sus servidores no alojaban los archivos, sino que se limitaban a poner enlaces a los mismos. La sentencia fue recurrida por la industria cultural.
Sin embargo, la Audiencia corrige al juez. "Aún considerando que los archivos no eran descargados en el servidor de los dos acusados, y entendiendo que lo que ofrecía la página eran meros enlaces, la Sala considera que la conducta sí constituye comunicación pública...", por lo que a ambos les puede ser aplicado el artículo 270 del Código Penal, que establece penas de hasta dos años para quienes, con ánimo de lucro, realicen esta comunicación pública sin contar con la autorización de los propietarios de la obra.
A diferencia de lo mantenido por el juez de Barakaldo, la Audiencia sí considera que la presencia de publicidad en las páginas supone ánimo de lucro, aunque los dueños de los sitios no ganaran nada directamente con las películas que enlazaban. Otra de las novedades de la sentencia, frente a otras absolutorias, es que los jueces sí han considerado a los acusados responsables del contenido al que llevaban sus enlaces.
"Enlazar sí puede suponer una infracción de la propiedad intelectual", destaca el director general de Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP), José Manuel Tourné, como una de las claves de la sentencia.
Carlos Sánchez Almeida, abogado de uno de los acusados, cree que la sentencia hay que leerla en clave política: "Estamos en una lucha por la libertad de expresión en internet y las páginas de enlaces están siendo sus chivos expiatorios". Además, recuerda que en otras sentencias se ha resuelto que "enla-zar no es comunicación pública". Sánchez Almeida estudia recurrir al Tribunal Constitucional por defectos de forma en la sentencia.
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