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Se acabaron los fondos de inversión en el fútbol

Este viernes, 1 de mayo, entra en vigor la normativa FIFA que prohíbe tajantemente la propiedad de terceros de un jugador. Los contratos ya existentes tienen un año para adaptarse.

Blatter, presidente de la FIFA, en el cuartel general del estamento en Zúrich. /AFP

MADRID.- Este 1 de mayo del 2015 no sólo va a suponer un año más la Celebración del Día del Trabajador en todo el mundo. Hablando precisamente de cuestiones laborales, este primero de mayo implica la entrada en vigor de una de las decisiones más polémicas adoptadas por la FIFA. Se trata de la prohibición de la presencia de los fondos de inversión en cualquier operación de venta o compra de un jugador. A partir de esta fecha los TPO, como así se les conoce dentro de la normativa FIFA, están excluidos del fútbol mundial. Dicho de otro modo, ningún club o jugador puede firmar un contrato con un tercero que conceda a dicho tercero el derecho a participar, total o parcialmente, del valor de un futuro traspaso del jugador de un club a otro, o que le otorgue derechos relacionados con futuros fichajes o con el valor de futuros fichajes.

La FIA prohíbe desde el 1 de mayo la presencia de los fondos de inversión en cualquier operación de venta o compra de un jugador

Dicha norma, aprobada por el Comité Ejecutivo de FIFA el 22 de diciembre del pasado año, establece además un período de transición para todos aquellos contratos donde ya existe o participan estos fondos de inversión. Como queda expuesto en la resolución firmada el pasado mes de diciembre en Zurich, existen dos situaciones al respecto. Por un lado se encuentran los contratos existentes antes de la aprobación de dicha norma. En este caso seguirán siendo validos hasta su fecha de vencimiento. Por otro están todos aquellos suscritos entre el 1 de enero del 2015 y hoy mismo, en cuyo caso tienen un año para adaptarse a la nueva normativa.

Las consecuencias en caso de incumplimiento de momento se desconocen, pero quienes lo hagan se exponen a graves sanciones por parte de la FIFA como bien queda expuesto en el nuevo artículo 18º del reglamento internacional creado específicamente para regular estos TPO. Textualmente dice en su punto sexto que "la Comisión Disciplinaria de FIFA podrá imponer las medidas disciplinarias correspondientes a los clubes y los jugadores que no cumplan las obligaciones estipuladas en este artículo 18 ter". En España esta modificación reglamentaria está vigente desde el pasado 28 de enero, fecha en la que fue aprobada por la Federación Española de Fútbol.

España se expone a un posible conflicto jurídico

Sin embargo España se expone a un posible conflicto en torno a esta nueva normativa sobre fondos. El ordenamiento jurídico español establece que, para que cualquier norma respecto al fútbol u otros deportes esté vigente, necesita la aprobación de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes; último órgano jerárquico que permite y autoriza los cambios reglamentarios en nuestro país

El ordenamiento jurídico español establece que, para que cualquier norma respecto al fútbol u otros deportes esté vigente, necesita la aprobación de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes

El hecho de que esta reglamentación sobre el empleo de los fondos de inversión no haya sido aprobada todavía, el pasado lunes hubo una Comisión Directiva del CSD donde no se trató, podría dar pie a una situación muy compleja. Por un lado, al no estar ratificada por el CSD; no debería obligar a los clubes a tener que asumir el reglamento de la FEF. Pero por otro, como exponíamos anteriormente, es una norma FIFA de obligado cumplimiento por parte de las asociaciones nacionales con fuertes sanciones para quien no lo cumpla. De hecho la propia Federación envío una circular recientemente a todos los clubes recordando la obligatoriedad de no poder utilizarlos a partir de este viernes.

La LFP defiende la utilización de los fondos

En contra de esta decisión de la FIFA se ha situado la Liga de Fútbol Profesional española, que se muestra claramente a favor de su utilización. De hecho el propio Javier Tebas, presidente de la LFP, encabeza una reclamación ante la Comisión Europea por considerar que esta norma FIFA atenta claramente contra los principios de libre movimiento y mercado existentes en Europa. La Liga portuguesa es también partidaria de esta misma postura. En otras como la Premier, la liga francesa o polaca están totalmente prohibidos.

La Liga, a favor de estos fondos, tiene preparado un borrador que los regula si finalmente se autorizan

De hecho en la LFP cuentan desde hace meses con un borrador aprobado por todos los clubes para su aplicación, si llegara el caso de que fueran autorizados. Éste establece que los operadores no podrán gestionar más de cuatro jugadores de la primera plantilla y un máximo de 6 en el filial. Además el porcentaje máximos de los fondos sobre la propiedad de un jugador no puede superar el 50% y nunca podrán trabajar con jugadores menores de 16 años.

Además todas las operaciones deberán estar documentadas en la LFP con total transparencia y estos fondos deberán tener claramente regulados su origen de capital y no podrán nunca operar en paraísos fiscales. Un estudio publicado por la consultora KPMG, España estaba entre las grandes ligas que más emplea hasta ahora la figura de los fondos.

Mientras, la propia UEFA y FIFPRO, la federación internacional de sindicato de jugadores, han recurrido también ante la propia Comisión Europea solicitando que tampoco tengan validez las excepciones aceptadas por FIFA de los contratos ya existentes y los firmados desde el pasado 1 de enero hasta la fecha de hoy. Es decir que desaparezca la figura de los fondos en todos los contratos de futbolistas. El próximo 11 de mayo está previsto un encuentro en Madrid donde están citadas todas las partes: FIFA, UEFA, Federación Española, Liga Profesional y la AFE. Esto no ha hecho nada más que empezar.

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