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El Barça se queda sin 3,5 millones de euros que reclamaba a un jugador del Espanyol

El Tribunal Supremo estima que los padres de Raúl Baena se extralimitaron al firmar por él un contrato que le ligaba al club azulgrana por diez temporada cuando solo tenía 13 años

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La pugna jurídica que mantenía el FC Barcelona contra el jugador del Espanyol Raúl Baena acaba de finalizar este jueves. Y el resultado no satisface a los intereses del club azulgrana. Éste reclamaba a Baena una indemnización de 3,5 millones de euros por extinción anticipada del contrato que unía a ambas partes pero el Tribunal Supremo ha declarado nula una sentencia anterior de la Audiencia de Barcelona que sí obligaba a Baena a pagar tal cantidad. El Supremo tan solo impone que Baena pague 30.000 euros al Barça 'en concepto de indemnización por extinción anticipada del contrato de jugador no profesional'.

El máximo organismo jurisdiccional ha estimado el recurso de casación interpuesto por Baena contra lo dictaminado por la Audiencia de Barcelona y declara la nulidad del contrato que los padres del jugador firmaron con la entidad azulgrana en abril de 2002, cuando éste aun tenía trece años, y que le vinculaba al club durante diez temporadas. Baena abandonó el Barcelona a finales de la temporada 2007-08, para fichar por el Espanyol, cuando todavía le quedaban cuatro temporadas para cumplir dicho contrato.

La sentencia concluye la batalla judicial que el Barça y Baena mantenían desde que la entidad azulgrana demandó al jugador alegando que el contrato contenía un cláusula de penalización de tres millones de euros en el caso de que se incumpliese el mismo. En enero de 2009, un juzgado de primera instancia estimó parcialmente la demanda presentada por el FC Barcelona y condenó al jugador a pagar 30.000 euros de extinción anticipado de un contrato no profesional y 500.000 euros como indemnización adicional.

La sentencia fue recurrida en parte por el jugador ante la Audiencia Provincial, quien desestimó el recurso íntegramente y obligó al centrocampista a pagar al Barça los 3,5 millones de euros de la demanda original más los intereses legales. No obstante, Baena llegó hasta el final en su defensa y llevó el caso al Tribunal Supremo al interponer un recurso de casación.

Ahora, el Supremo da la razón a Baena porque entiende que el contrato de diez años que el Barcelona y los padres de Baena firmaron en 2002 comprometía los intereses del menor, sin maniobra para decidir su futuro hasta los 23 años de edad. La Sala considera que este tipo de contrataciones de menores 'debe ser objeto de especial protección por el ordenamiento jurídico, en garantía del principio constitucional y supranacional del superior interés del menor'.

Por eso considera que el contrato que firmaron los padres de Baena con el Barcelona es 'contrario a los límites inherentes al orden público en materia de contratación de menores, especialmente en lo referente a tutela del interés superior del menor en la decisión personal sobre su futuro profesional como aspecto o presupuesto del desarrollo de su libre personalidad'.

La sentencia subraya, pues, que 'el poder de representación que ostentan los padres, que nace de la ley y que sirve al interés superior del menor, no puede extenderse a aquellos ámbitos que supongan una manifestación o presupuesto del desarrollo de la libre personalidad del menor y que puedan realizarse por él mismo, caso de la decisión sobre su futuro profesional futbolístico que claramente puede materializarse a los 16 años'.

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