Este artículo se publicó hace 16 años.
La Justicia desestima la demanda de Albelda contra el Valencia
El jugador reclamaba la extinción de su contrato y una indemnización de sesenta millones de euros
El Juzgado de lo Social número 13 de Valencia ha desestimado la demanda interpuesta por David Albelda contra el Valencia CF en la que el futbolista valenciano reclamaba la rescisión de su contrato tras ser apartado del equipo por el técnico Ronald Koeman, según confirma la sentencia.
"Se desestima la demanda, al no apreciarse la existencia de graves incumplimientos por parte del empresario, el Valencia CF, que constituyan causa justa para que el demandante David Albelda pueda solicitar la extinción de su contrato de deportista profesional al amparo de lo previsto en el artículo 16.2 del R/D 1006/1985, de 26 de junio, y en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, sin que haya lugar a declarar la extinción de la relación laboral que solicita la parte actora", explica.
David Albelda demandó al club valenciano al entender que había sido apartado del primer equipo y sus abogados se acogieron en el juicio a todas las pruebas que consideraron para demostrar el daño deportivo que se le ha producido al jugador.
Extinción de contrato
El futbolista no ha formado parte de ninguna convocatoria oficial del club desde el pasado mes de diciembre, al igual que el portero Santiago Cañizares y Miguel Angel Angulo.
El futbolista valenciano había solicitado la extinción de su contrato, alegando "incumplimientos empresariales" y reclamaba una indemnización de 60 millones de euros.
La sentencia, que desestima la petición de Albelda, explica que "son incontables los casos de futbolistas con los que no cuenta su entrenador en un momento determinado-por varias circunstancias que no son del caso-, y que expresan su malestar por esta circunstacia". Además, que carece del 'derecho a la alineación', que no está en su contrato, ya que ésa es una decisión exclusiva de los entrenadores.
También refleja la sentencia en relación a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de Albelda, que los cambios que ha habido en las convocatorias de Ronald Koeman "forman parte de las competencias que tiene atribuidas el entrenador" y no justifican la extinción de su contrato.
Tampoco cree que sea una razón para solicitarlo el "cese como capitán" porque está en las "competencias del entrenador, especificadas en su contrato, la de designar para capitán al jugador que crea reúne las mejores condiciones para ello".
"Como se adelantaba en el análisis de las modificaciones de las condiciones de trabajo y su alcance y gravedad, no se considera probado en el caso que se contempla un comportamiento empresarial que pueda considerarse justa causa para poner fin a la relación laboral especial a través del supuesto contemplado en el art.50.1a) del Estatuto de los Trabajadores", reza la sentencia.
Por otro lado, el juzgado de lo social valenciano recuerda que esta sentencia aún "no es firme pues cabe contra ella Recurso de Suplicación".
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