Este artículo se publicó hace 4 años.
Afectados por ERTES denuncian que sus empresas les quieren quitar las vacaciones
Algunos empleados están recibiendo notificaciones advirtiéndoles de que, tras su reincorporación al trabajo, no podrán disfrutar de sus días de descanso, una práctica ilegal multada para la empresa con hasta 6.250 euros.
Alejandra de la Fuente
Madrid-
La emergencia del coronavirus está dejando un panorama laboral preocupante en muchos sentidos. Ya son más de tres millones y medio los trabajadores afectados por ERTEs en España y más de 450.000 empresas han solicitado esta medida. Aunque son una minoría, algunas empresas están utilizando la emergencia para aprovecharse de la situación de sus trabajadores.
En Público, ya informamos en primicia de que hay empresas que, según están advirtiendo desde hace semanas abogados laboralistas, están utilizando estos expedientes de regulación temporal de empleo para no pagar a sus trabajadores mientras les obligan a trabajar con normalidad, algo absolutamente ilegal que puede acarrear graves consecuencias para empresas y trabajadores.
Trabajar durante las vacaciones
Ahora, una nueva polémica se está sumando a la ya citada, ya que varios trabajadores afectados por ERTEs aseguran a Público que están recibiendo notificaciones de sus correspondientes empresas advirtiéndoles de que no tendrán vacaciones de verano y que tendrán que trabajar durante su tiempo de descanso.
"Nos fueron llamando uno por uno para decirnos que, aunque tengamos derecho a vacaciones, tendremos que trabajar. Nos explicaron que durante esos días, de cara a la galería estamos de vacaciones, pero que tendremos que estar trabajando en casa, que ya estamos descansando ahora mientras estamos afectados por el ERTE", cuenta a Público Carla, trabajadora de una empresa de diseño gráfico afectada por un expediente de suspensión.
Ramón lleva más de un mes trabajando a media jornada porque su empresa le hizo una reducción a causa de la emergencia del coronavirus. Él sí que está generando derecho a vacaciones durante el tiempo que esté trabajando, ya que los empleados de una empresa que estén trabajando, aunque sea con reducción de jornada, siguen generando derecho a vacaciones.
"Según me comentó mi empresa, en julio habré generado 15 días de vacaciones. Ya nos han notificado que debemos cogernos los días en verano, pero que realmente tendremos que estar trabajando durante este periodo", asegura a Público.
"Hemos pensado en negarnos, pero ya nos han advertido que tenemos que arrimar el hombro y que, si no lo hacemos, puede que haya consecuencias", lamenta.
Tanto Ramón como Claudia exponen que esta medida les parece absolutamente abusiva, pero que, debido a la crisis que se avecina, prefieren resignarse a perder sus puestos de trabajo.
Una medida que puede costar muy cara
En términos generales la empresa no puede imponer las vacaciones a sus empleados y estas deben pactarse de mutuo acuerdo según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.
"Hay casos en los que se puede llegar a un acuerdo para que la mitad de los días de vacaciones los escoja la empresa y la otra mitad los empleados, pero, en cualquier caso, el disfrute de vacaciones, ya sean pactadas o fijadas unilateralmente por la empresa, no es compatible con la prestación de servicios", explica Marta del Campo, abogada laboralista de Écija.
"Las vacaciones son un periodo de descanso y si el empleado o empleada trabaja, lógicamente, no descansa. En caso de que durante las vacaciones un empleado o empleada trabajase por orden del empresario, sería tiempo de trabajo efectivo, y no computaría como tiempo de descanso de vacaciones. Es decir, si por circunstancias excepcionales la empresa ordenase al empleado o empleada trabajar, no estaríamos ante un periodo de vacaciones sino ante un periodo de trabajo real", añade.
Marta explica que obligar a trabajar durante el periodo de descanso puede suponer una infracción grave recogida en la Ley de Infracciones y Sanciones regulada por el artículo 40 de la LISOS.
"Las infracciones graves conllevan una multa que, en su grado mínimo son de 626 a 1.250 euros, en su grado medio de 1.251 a 3.125 euros; y en su grado máximo de 3.126 a 6.250 euros", concluye.
Posible actuación de Inspección de Trabajo
Desde la Inspección de Trabajo explican que, por el momento, no se han detectado este tipo de prácticas, pero advierten que se trata de un incumplimiento del derecho a las vacaciones y constituye una infracción grave en materia laboral susceptible de actuación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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