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La Audiencia de Madrid dice que desde mayo no se puede reclamar por la salida a bolsa de Bankia

Considera prescritas todas las demandas interpuestas contra el banco nacionalizado con posterioridad al 25 de mayo de 2016, al considerar que ya han expirado los cuatro años para reclamar

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La cúpula de Bankia, en su salida a bolsa en 2011: José Luis Olivas, vicepresidente; Rodrigo Rato, presidente, y Francisco Verdú, consejero delegado. EFE

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MADRID.- La Audiencia Provincial de Madrid considera prescritas todas las demandas interpuestas contra Bankia por su salida a Bolsa con posterioridad al 25 de mayo de 2016, al considerar que ya han expirado los cuatro años para reclamar por vicio en el consentimiento habilitados por ley.

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El acuerdo establece que el plazo para solicitar la nulidad en la compraventa de acciones de Bankia expiró el pasado 25 de mayo, fecha en la que se cumplieron cuatro años desde que el actual presidente de la entidad, José Ignacio Goirigolzarri, admitió pérdidas por valor de 2.979 millones de euros tras reformular las cuentas de 2011.

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La Audiencia Provincial unifica los criterios de las sentencias de los distintos juzgados madrileños, tanto generales como mercantiles

Sólo entonces, sostienen los magistrados, es cuando puede considerarse que salió a la luz la verdadera situación de la entidad y pensar que las cuentas utilizadas en el folleto informativo del debut bursátil no reflejaban una imagen fiel sino que indujeron a engaño al inversor.

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Cajeros automáticos de una oficina de Bankia en Madrid. E.P.

Al margen del caso penal iniciado en 2012 en la Audiencia Nacional y que investiga a una treintena de altos cargos de la entidad, entre ellos su expresidente Rodrigo Rato, la salida a Bolsa de Bankia ha protagonizado numerosos litigios por la vía civil.

Bankia ha devuelto el dinero a 223.000 pequeños inversores, y todavía quedan  21.000 accionistas pendientes de recuperar unos 96 millones

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Con el objetivo de contrarrestar la ofensiva, la entidad puso a disposición de los inversores un sistema extrajudicial por el que los particulares podían recuperar el 100 % de su inversión, unos 807 millones, más un interés anual del 1% a cambio de renunciar a acciones legales.

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