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El índice para regular el precio del alquiler entra en vigor en 140 municipios catalanes

Esta medida busca abaratar el precio de los alquileres y facilitar el acceso a una vivienda marcándose como objetivo trabajar para que el pago del alquiler no suponga más del 30% de la renta de los hogares.

Fachada de un edificio de viviendas, a 17 de mayo de 2023, en Barcelona.
Fachada de un edificio de viviendas, a 17 de mayo de 2023, en Barcelona. David Zorrakino / Europa Press

Este sábado entran en vigor las resoluciones por las que se determina y aprueba el nuevo índice de precios de referencia para limitar los alquileres en determinadas áreas y la declaración de 140 municipios catalanes como zonas tensionadas durante un periodo de tres años.

Con ambas resoluciones, que se publicaron el viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Gobierno arranca la medida estrella de la Ley de Vivienda, que entró en vigor en mayo del pasado año.

Con ello busca abaratar el precio de los alquileres y facilitar el acceso a una vivienda marcándose como objetivo trabajar para que el pago del alquiler no suponga más del 30% de la renta de los hogares, como así recomiendan los expertos.

La medida afecta de momento a 140 municipios catalanes, tal y como había solicitado el Govern de la Generalitat de Catalunya. Entre ellos figuran, por ejemplo, Barcelona; Badalona; Castelldefels; El Prat de Llobregat; Girona; Lleida; Lloret de Mar; Mataró; Reus; Ripoll; Sabadell; Salou; Sant Cugat del Vallès; Sitges; Tarragona o Terrassa, entre muchos otros.

En ellos se aplicará este sistema de precios, que desde el pasado 27 de febrero se puede consultar en la web del Ministerio y que, según los estudios realizados por distintos actores del sector, arroja importantes diferencias con respecto a los valores actuales del mercado.

Este mecanismo de control de precios se dirige básicamente a grandes tenedores en zonas tensionadas, entendiéndose estos como aquellos propietarios, tanto personas físicas como jurídicas, titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial en dichas áreas.

Este índice también es de aplicación a las viviendas que se introduzcan en el mercado y que no hayan sido alquiladas en los últimos cinco años.

Por el contrario, cuando la vivienda ya esté arrendada en esa zona se referenciará al contrato anterior, aunque se podrán hacer algunos ajustes al alza. Para los pequeños propietarios ya existe un tope en las actualizaciones de los contratos del 3%.

El Ministerio que dirige Isabel Rodríguez espera con este índice, que se actualizará periódicamente con diferentes fuentes de información estatales, autonómicas y locales, ofrecer también información, a modo de referencia y a título orientativo, a los propietarios e inquilinos de cara a la fijación de la renta en los nuevos contratos de alquiler.

Este índice, que se calcula en virtud de la localización y las diferentes características de la vivienda, se establece por ámbitos territoriales, atendiendo a las secciones censales para las que se dispone de datos.

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