Público
Público

El Supremo atribuye "graves inexactitudes" a la información de Bankia sobre su salida a Bolsa

El alto tribunal asegura que de no haber existido dichas "inexactitudes" muchos pequeños inversores no hubieran realizado ninguna inversión. El Supremo además advierte a los demandantes que "no deben soportar demoras excesivas".

Rodrigo Rato, en una rueda de prensa en su etapa al frente de Bankia. EFE

PÚBLICO/ AGENCIAS

MADRID.- El Tribunal Supremo considera que si el folleto de la Operación Pública de Suscripción (OPS) de acciones de Bankia en julio de 2011 no hubiera contenido "graves inexactitudes", la información difundida a través de su publicación y los comentarios que hubiera suscitado en diversos ámbitos, "habrían disuadido de realizar la inversión a los pequeños inversores", que solo buscaban rentabilidad económica.

Asío lo señala el Supremo en las dos sentencias difundidas este miércoles sobre la nulidad de la venta de acciones de la salida a Bolsa de Bankia, en las que reconoce que los pequeños inversores no contaban con los medios necesarios para conocer la verdadera situación de la entidad, que estaba "al borde de la insolvencia".

Además, incide en que el folleto de la OPS es "el elemento decisivo" que el futuro inversor tiene a su alcance para evaluar los activos y pasivos de la entidad emisora, su situación financiera, beneficios y pérdidas, a diferencia de los grandes inversores, que cuentan con otros medios.  Y de esto modo, los inversores minoristas se encontraron con que "realmente compraron valores de una entidad al borde de la insolvencia y pérdidas multimillonarias no confesadas", según aclara el Alto Tribunal.

Bankia está obligada a devolver el dinero de dos suscriptores de su OPS de julio de 2011

Ya que la intención de los pequeños inversores era "la obtención de rendimiento (dividendos)", el hecho de que se hicieran públicos "beneficios millonarios" fue "determinante" para que decidieran acudir a la oferta. Y además, prosigue el Supremo, el folleto de la oferta estaba confeccionado por el emisor (Bankia), con la autorización del supervisor (la CNMV y el Banco de España),  lo que contribuyó a generar "confianza y seguridad jurídica en el pequeño inversor".

El alto tribunal se manifiesta así tras rechazar dos recursos presentados por Bankia contra sentencias de instancias inferiores relativas a la anulación de la adquisición de sus acciones con ocasión de la salida a Bolsa de 2011.

El Supremo rechaza que la causa penal pendiente ante la Audiencia Nacional pueda paralizar las acciones individuales en la vía civil y, para ello, se basa en la doctrina del Tribunal Constitucional. El Supremo entiende que los demandantes "no deben soportar demoras excesivas" por la previsible complejidad y duración del procedimiento penal, "pues afectaría a su propio derecho a la tutela judicial efectiva".

El contenido de estas sentencias, del pleno de la Sala Primera del Alto Tribunal, fue adelantado el pasado 27 de enero. Ambas sentencias desestimaban sendos recursos interpuestos por Bankia contra dos sentencias anteriores, que anulaban los contratos de compra de acciones al existir error en el consentimiento y desfase entre las cifras del folleto informativo y las reales.

Con ello, Bankia está obligada a devolver el dinero de dos suscriptores de su oferta pública de acciones, al tiempo que se abre la vía a miles de nuevas reclamaciones.

Bankia y su matriz, el Banco Financiero y de Ahorros (BFA) anunciaron en diciembre un aumento de la provisión de fondos para causas judiciales de más de 1.000 millones de euros hasta 1.840 millones, con los que hacer frente a demandas por la salida a bolsa, que tuvo lugar en julio de 2011, que suman unos 820. 

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias de Economía