¿Qué es 'usufructuario' y 'arrendatario' en la Declaración de la Renta? Conceptos clave para no perderte
Ya se puede presentar el borrador y el plazo dura hasta el 30 de junio de 2026.

El pasado 8 de abril se abrió el plazo para realizar la Declaración de la Renta 2026, que terminará el 30 de junio. De momento solo se puede presentar vía online, pero las citas telefónicas se abrirán el 6 de mayo y las presenciales el 1 de junio.
Presentar la renta a veces es un trámite complejo para los que tengan que enfrentarse a él, no solo por la cantidad de documentos y datos que hay que reunir y comprobar, sino también por el vocabulario específico que muchos ciudadanos no conocen y tienen que consultar año tras año.
A continuación, hacemos un repaso por algunos de los términos clave que aparecen en el proceso de la Declaración:
Usufructuario
El derecho de usufructo concede la facultad de uso, disfrute y aprovechamiento de bienes ajenos sin alterar su forma ni su sustancia. Es decir, el usufructuario es la persona que posee este derecho sin ser dueño del determinado bien.
En el caso de una vivienda el usufructuario reside en ella. Tiene derecho a disfrutar del inmueble sin pagar renta de forma temporal o vitalicia, pero no tiene derecho a su venta.
Arrendador y arrendatario
El Diccionario de la Lengua Española define arrendar como ceder o adquirir por un precio el goce o aprovechamiento temporal de cosas, obras o servicios.
Por lo tanto, arrendador es la persona propietaria o titular que cede el uso de un inmueble o bien a cambio de una renta, es decir, el casero. Al contrario, arrendatario es quien paga dicha renta por usar el inmueble, es decir, el inquilino.
Base imponible
La base imponible es el importe de la renta del periodo impositivo minorada por las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, es decir, la suma de todos los ingresos obtenidos por una persona durante un año fiscal sobre la que se calcula el IRPF.
Modelo 100
El modelo 100 de la Agencia Tributaria es el documento que se obtiene al confirmar el borrador de la Declaración de la Renta. Sirve para poder hacer la devolución o ingreso del IRPF y en él se incluyen datos personales, rendimientos del trabajo, de capital mobiliario y actividades económicas, además de las deducciones.
Se presenta en el mismo plazo de la Declaración, pero hay que tener en cuenta que el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finaliza el 25 de junio.
Número de referencia
El número de referencia es una de las formas para acceder al borrador de la Declaración de la Renta y así poder presentarla. La referencia de la campaña anterior es válida siempre que no haya sido inhabilitada y no se haya obtenida una nueva.
Para obtener el número de referencia, los contribuyentes deberán acceder a la página “obtén tu número de referencia” de la Agencia Tributaria e identificarse utilizando el Certificado o DNI electrónico, Cl@ve o la Casilla 505 de la Declaración de la Renta del año anterior.
En caso de querer utilizar la última opción habrá que aportar el DNI o NIE y la fecha de expedición o caducidad o número de soporte. Una vez proporcionados estos datos y validados, en función de su situación se le pedirá que aporte la casilla 505 de su Renta 2024 o el número IBAN de una cuenta de su titularidad.
Valor catastral
El valor catastral es una valoración económica objetiva asignada a cada inmueble por la Dirección General del Catastro, que forma parte del Ministerio de Hacienda. Este cálculo se basa en datos como la ubicación, valor del suelo y construcción. Se utiliza principalmente para calcular impuestos como el IBI o la plusvalía municipal.
El valor catastral de una propiedad se puede consultar en el último recibo del IBI, en la Sede Electrónica del Catastro (accediendo con certificado digital o Cl@ve), o solicitándolo en el ayuntamiento.
Una vez que se tienen estos términos claros resulta mucho más sencillo realizar la Declaración, aunque siempre es recomendable revisar y comprobar varias veces todos los datos que aparezcan en ella para evitar cometer errores.




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