La Audiencia de Pontevedra condena a dos años y medio de cárcel a un hombre por estafar a través de Idealista
El tribunal considera probado que el acusado publicó un anuncio falso en el portal inmobiliario para alquilar un piso, del cual no era propietario, "con el objeto de obtener un beneficio económico de carácter ilícito"

Madrid--Actualizado a
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a dos años y medio de prisión y al pago de una multa de 1.620 euros a un hombre que estafó a una mujer a través del conocido portal inmobiliario Idealista. Además, le impone el pago de una indemnización a la víctima de 1.200 euros.
El tribunal considera probado que el acusado, con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, publicó un anuncio falso en Idealista para alquilar un piso, del cual no era propietario, "con el objeto de obtener un beneficio económico de carácter ilícito", según recoge la sentencia, emitida el pasado 19 de noviembre.
La perjudicada, que buscaba una vivienda, contactó con el sospechoso y realizó varias transferencias a su cuenta bancaria, por un total de 1.200 euros, bajo la promesa de que se le devolvería el dinero si el inmueble no le agradaba. "Hizo tres Bizums al número de teléfono del acusado, vinculado a su cuenta corriente, de 450 euros el 16 de julio de 2024, en concepto de alquiler piso calle Velázquez Moreno, de 500 euros el 12 de julio de 2024 y de 250 € el mismo día, en concepto ambos de fianza piso calle Velázquez Moreno", agrega la resolución, a la que ha tenido acceso este medio.
El acusado, con la finalidad de "aparentar voluntad" de alquilar el referido piso, concertó varias citas con la perjudicada, pero no asistió a ninguna de ellas y la bloqueó en el teléfono, sin devolverle el dinero. Asimismo, la sentencia subraya que el acusado ya ha sido condenado en dos ocasiones por los delitos de estafa cometidos en abril de 2022 y en abril de 2024.
Estafa agravada
El tribunal entiende que los hechos constituyen un delito de estafa agravada, dado que el engaño se dirigió a aprovechar la necesidad de vivienda de la víctima. "Existe un engaño precedente y bastante en la actuación del acusado para alcanzar el desplazamiento patrimonial que a través de la cobertura de una plataforma inmobiliaria conocida, simulando ser el titular del piso, produjo error en la denunciante necesitada de encontrar una vivienda y en la creencia de que iba a alquilar el piso que ofertaba el acusado, realizó los actos de disposición patrimonial, sin que pudiese alquilar el piso ni recuperar el dinero", reza la sentencia
Asimismo, los magistrados tienen en cuenta la agravante de reincidencia a la hora de dictar la pena, ya que el acusado ha sido condenado en otras dos ocasiones por el delito de estafa. La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.
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