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Absuelto por vender cocaína tan adulterada que no era peligrosa

La dosis incautada contenía 0,045 gramos de sustancia pura, mientras que el umbral de toxicidad se sitúa por encima de los 0,05

PÚBLICO.ES/EFE

El Tribunal Supremo ha sentenciado la absolución de un ciudadano, dedicado al menudeo de droga, por suministrar cocaína tan adulterada y de tan baja calidad que no llegaba a al límite para provocar efectos psicoactivos. 

La Policía le sorprendió vendiendo una papelina de coca el pasado 18 de julio de 2008. En ese momento, la Audiencia Provincial de Madrid le condenó a tres años de prisión como responsable de un delito contra la salud pública, fallo que ha sido ahora revocado por el TS. 

La bolsita de coca que fue interceptada por la Policía hace ya varios años pesaba 387 miligramos, una cantidad nada desdeñable que llevó al detenido a ser condenado con la pena de cárcel por delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas.

La droga solamente poseía un 11,7 % de pureza, situándose por debajo de la dosis mínima psicoactiva, hecho que ha motivado la actual sentencia del Supremo. 

El Instituto Nacional de Toxicología estipula que esta dosis sea de 0,05 gramos de sustancia pura, mientras que la cantidad incautada era de 0,045, situándola claramente por debajo del umbral de toxicidad y por lo tanto quedando fuera de la consideración de sustancia peligrosa para la salud pública.

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