Este artículo se publicó hace 12 años.
Un año de prisión para un mosso que dejó sin testículos a un detenido
La Audiencia de Barcelona considera que el agente actuó de forma "negligente" al lanzar una granada al presunto delicuente
La Audiencia de Barcelona ha condenado a un año de cárcel a un mosso d'Esquadra que dejó sin testículos a un presunto delincuente. Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), los hechos se produjeron cuando el acusado lanzó una granada aturdidora al detenido en una actuación "negligente" en una operación del Grupo Especial de Investigación (GEI) .
El acusado también tendrá que pagar una indemnización de casi 168.000 euros por las secuelas y lesiones causadas, ya que la víctima, José Antonio C., ha perdido el testículo derecho y el 75% del izquierdo, según publica El País.
Alberto M.C. ha sido condenado por la Sección Octava por un delito de lesiones por imprudencia grave y se le ha dictado inhabilitación especial en el cargo de agente de policía durante el mismo tiempo, mientras que Victor Esteban G., entonces sargento de operativos del GEI y compañero del acusado, ha quedado absuelto.
El 4 de noviembre del 2008, el GEI, grupo especializado en alto riesgo, inició una operación antimorosidad -que la sentencia estima que se ajustó a los protocolos de actuación- en la que interceptó el vehículo de un presunto delincuente -que iba acompañado de la víctima- en Castelldefels, mediante el bloqueo del paso con coches y furgonetas.
Según los acusados, versión a la que el juez otorga credibilidad, tras desobedecer las órdenes de salir del coche y romper los cristales con martillos de rescate, el vehículo avanzó unos metros, motivo por el cual Alberto M.C. lanzó una granada por la ventana del copiloto que estalló sobre el cuerpo de la víctima.
La sentencia sostiene que el mosso sabía que la granada explotaría encima de la víctima, sabiendo que el tiempo de retardo de la detonación eran dos segundos y del reducido espacio donde se encontraba la víctima.
En este sentido, los magistrados resaltan que el empleo de medios violentos se debe ajustar "al principio de congruencia, oportunidad y proporcionalidad" y que, en cualquier caso, Alberto M.C. hubiera podido tener otras opciones que no comprometían la seguridad de los ocupantes del vehículo.
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