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La Audiencia Nacional condena a 36 años de cárcel a etarra 'Kantauri'

Al histórico dirigente de ETA, Javier Arizcuren Ruiz, se le acusaba de homicidio en grado de tentativa por un atentado fallido de 1987

La Audiencia Nacional ha condenado a treinta y seis años de cárcel al etarra José Javier Arizcuren Ruiz, Kantauri, por dos delitos de asesinato en grado de tentativa en relación con la colocación de una bomba en un bar de la localidad guipuzcoana de Eskoriatza, el 22 de mayo de 1987. La explosión no alcanzó finalmente a ninguna persona, aunque provocó daños materiales en los edificios colindantes.

La sentencia de la Audiencia Nacional considera probado que Arizcuren Ruiz, que integraba el comando Araba de ETA, en compañía de los ya condenados por estos hechos, Alberto Plazaola, Juan Carlos Arruti y José Ignacio Gaztañaga, además de otra procesada en rebeldía, planearon el atentado contra el bar Naira de Eskoriaza.

La bomba fue preparada en una caja grande de cartón de galletas que contenía 2 kilogramos de trilita y que estaba conectado a otro sistema de detonación oculto, que debía estallar tres minutos después de que lo hiciera el primer artefacto.

Los etarras avisaron al diario Egin de la colocación de la bomba y, por eso se desplazaron hasta el lugar agentes de la Ertzaintza de Arrasate y el equipo de desactivación de explosivos de la Guardia Civil de Arechavaleta; y mientras los primeros desalojaban las viviendas próximas, dos especialistas del Instituto Armado neutralizaron el artefacto.

Según la resolución judicial, 'es evidente' la intención homicida de los autores del hecho, ya que la instalación de un dispositivo de acción retardada para poner en marcha la bomba minutos después de la separación del primer temporizador 'revela' la finalidad de causar la muerte de los policías que participaron en la desactivción del artefacto.

La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional considera que se llevaron a cabo todas las acciones necesarias para conseguir la muerte de los agentes, aunque finalmente no se consiguiera ese resultado.

Los fundamentos jurídicos de la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Sáez Valcárcel, destaca como prueba de cargo contra Kantauri la presencia de varias de sus huellas en diferentes componentes de la bomba, 'lo que significa que participó en su confección', así como la declaración de uno de los integrantes del 'comando Araba' de ETA, del que éste formaba parte, que reconoció la participación de aquel en el traslado y colocación del artefacto.

El tribunal estima que Kantauri debe ser condenado a treinta y seis años de cárcel por dos delitos de asesinato en grado de tentativa y a una pena de inhabilitación por el tiempo de la condena, además de la prohibición de aproximación a la localidad de Eskoriatza durante seis años.

Asimismo, en concepto de responsabilidad civil, Arizkuren, junto a los otros condenados por estos hechos, deberá hacerse cargo de las indemnizaciones para las víctimas y las personas perjudicadas por los daños materiales que provocó la explosión.

 

 

 

 

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