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Catalunya deja en segundo plano las pruebas de edad a los inmigrantes

La Fiscalía ordena catalogar como adultos a aquellos que aseguren ser menores

PUBLICO.ES / EFE

La Fiscalía de Cataluña ha dictado una instrucción que ordena catalogar como adultos a los inmigrantes irregulares de edad dudosa que aseguren ser menores, cuando se nieguen a someterse a las pruebas forenses para comprobarlo.

En su instrucción, la Fiscal Superior de Cataluña, Teresa Compte, establece los protocolos que deben seguir los fiscales ante los crecientes casos de inmigrantes que piden protección institucional acreditando que son menores de edad, aunque su aspecto indica lo contrario.

En el año 2010, la Fiscalía de Cataluña ordenó practicar 299 diligencias para determinar la edad de 299 inmigrantes no acompañados, de los que 136, casi la mitad, acabaron catalogados como adultos, según datos de la memoria del ministerio público correspondiente a 2010.

Aumenta el número de extranjeros sin familia que afirman ser menores La circular de la Fiscalía coincide con dos recientes sentencias que han puesto en duda las pruebas radiológicas, fundamentalmente de la muñeca y la dentadura, utilizadas para determinar la edad de los menores. Exámenes que según las asociaciones de defensa de esos jóvenes inmigrantes tienen un margen de error de dos años, que en el caso de los subsaharianos les perjudica dada su mayor corpulencia.

Según la Fiscalía, el número de esos extranjeros es elevado y a veces han llegado a ocupar más de la mitad de las plazas de los centro de acogida. Esto último plantea una serie de problemas entre los que destaca el estar 'mezclados' con menores y de emplear recursos asistenciales y formativos que están reservados a éstos.

La instrucción advierte de que muchos países tienen registros civiles dudosos y emiten pasaportes con los datos personales. A esto se le añade que otros países como Costa de Marfil, Ghana o Togo, no inscriben a los niños con nombre hasta varios años después, cuando se reflexiona para decidir el que más le conviene.

En los países con los que España no tiene convenios de acuerdo, la instrucción establece que hay que atenerse a los criterios médicos para determinar la edad en los casos dudosos.

En esas situaciones, la circular de la Fiscalía obliga a abrir un expediente de protección y a citar al menor para practicarle las pruebas radiológicas correspondientes, incluida la ortopantomográfica o radiografía de la dentadura.

El menor deber ser informado, en caso necesario mediante intérprete, del proceso y de sus consecuencias pero será considerado mayor de edad si se niega a someterse a las radiografías y a ser examinado por el forense, siempre que su aspecto sea el de un adulto, que el fiscal no aprecie que se trata de un menor 'contumaz o temeroso' y que no haya otros datos en su expediente que apunten a lo contrario.

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