Público
Público

Condenados a tres años por engañar a mujeres para que se prostituyesen

La Audiencia Provincial de Toledo aplica penas de entre 1,5 y 2 años de cárcel a tres miembros de una red de prostitución que operaba en dos locales de Toledo y Madrid

EFE

La Audiencia Provincial de Toledo ha condenado a 3 de los 7 acusados de la red de prostitución que se desarrollaba en dos locales, en Toledo y Madrid, a penas entre 1,5 y 2 años de cárcel por los delitos de determinación a la prostitución mediante engaño y contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.

La sentencia, facilitada hoy, establece penas inferiores a las que pidió la Fiscalía el pasado mes de abril, cuando se celebró el juicio contra siete encausados en una presunta red de prostitución que se desarrollaba en los locales El Americano, de Santa Olalla (Toledo), y Skándalo (Madrid). La Fiscalía retiró durante el juicio la acusación contra Cecilia Eulalia I., Fátima Noelia A. y Leandro M., al entender que no existían 'indicios de criminalidad' que les implicaran en los hechos, y solicitó penas de tres y seis años para los otros cuatro acusados, de los cuales Noraira C. ha quedado ahora absuelta.

La sección segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a un año y medio de cárcel a Kevin V. por un delito continuado de determinación a la prostitución mediante engaño o abuso de una situación de vulnerabilidad, perpetrado en grado de tentativa ya que las testigos explicaron en el juicio oral que no llegaron a consumar.

Por su parte, Marco Antonio D. y Juan L. han sido condenados a dos años de prisión como autores de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Asimismo, los tres han quedado absueltos de un delito contra los derechos de los trabajadores porque ellos no eran los empleadores, sino los empleados.

El tribunal considera hechos probados que el 12 de marzo de 2009 falleció de muerte natural José Manuel S., propietario de los dos clubes donde las mujeres de origen extranjero, en su mayoría paraguayas, ejercían la prostitución. Marco Antonio D. y Juan L. recogían en el aeropuerto de Madrid a las mujeres que viajaban a España desde Paraguay, bajo la 'apariencia fingida' de hacer turismo, y las trasladaban a los diferentes locales, donde Noraira C. reconoció que asumía la labor de encargada.

Kevin V., por su parte, no solo realizaba tareas de limpieza sino que concertaba las citas con los clientes y cobraba los servicios sexuales que prestaban las mujeres. La sentencia precisa que los hechos han sido juzgados conforme al Código Penal de 1999; si lo hubiera sido en base al de 2003, los imputados también podrían haber sido imputados de lucrarse por explotar la prostitución de una persona aunque previamente hubiera dado su consentimiento para realizar esta actividad. En este sentido, durante el juicio oral varias de las mujeres que ejercían la prostitución en estos locales dijeron que lo hacían de forma voluntaria.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias