Este artículo se publicó hace 17 años.
El entorno de ETA, condenado a 527 años de cárcel
La sentencia del macroproceso 18/98, que se conocerá en diciembre, encierra a los aparatos político y social de la banda
Más de 527 años de cárcel se repartirán 46 de los 52 acusados en el macroproceso 18/98 contra los que ayer la Audiencia Nacional dictó órdenes de detención. Con esta decisión se adelantó la sentencia que ha encarcelado a los responsables de los aparatos político, internacional, financiero y social del entorno de ETA. Entre ellos figura la miembro de la actual Mesa Nacional de Batasuna Ana Lizarralde, condenada a 11 años de cárcel por pertenencia a organización terrorista.
El entonces fiscal de la Audiencia Nacional Enrique Molina (ahora ejerce como abogado) rebajó sustancialmente su petición de pena al finalizar el juicio que se prolongó durante 16 meses, entre el 21 de noviembre de 2005 y el pasado 14 de marzo. La Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) mantuvo las que presentó inicialmente, que se ajustan más a las impuestas por el tribunal.
De los 46 condenados, 14 lo han sido por integración en organización terrorista como dirigentes. Sus penas suman 196 años de cárcel. Es el caso del responsable de Ekin (aparato político de la banda) Xabier Alegría, condenado a 18 años de cárcel (14 como dirigente y cuatro por alzamiento de bienes), y del abogado de Gestoras pro Amnistía Txema Matanzas, condenado a 14 años como responsable del frente de makos (cárceles).
Otros 17 acusados han sido condenados por pertenencia a ETA a penas que ascienden a 196 años de cárcel. Los 13 colaboradores de la banda serán castigados con 127 años, mientras que a los dos condenados por insolvencia punible se les impondrán ocho años.
La sentencia, que se conocerá en su totalidad el 10 de diciembre, es la segunda que se produce contra organizaciones del entorno de ETA y corrobora el concepto, iniciado por el juez Baltasar Garzón, de que no sólo son miembros de la banda terrorista los que ponen las bombas, sino todos los que contribuyen a sus fines.
Corregida por el Supremo
La primera sentencia fue la de Jarrai, Haika y Segi, que en febrero el Tribunal Supremo enmendó condenando a 23 jóvenes como miembros de organización terrorista y no de asociación ilícita como había dicho la instancia.
Con la sentencia adelantada ayer, de la que ha sido ponente la magistrada Ángela Murillo, se confirma una línea de actuación contra el terrorismo, que tendrá repercusión en los sumarios del entorno pendientes de juicio. Todos se basan en que ETA buscó más eficacia estructurándose en cuatro frentes: militar, político, obrero y cultural. Así KAS, a la que sustituyó Ekin, sometía a un control estricto a todas organizaciones del Movimiento de Liberación Nacional Vasco (MLNV).
Fuentes jurídicas precisaron que el que para seis acusados en el macroproceso no se dictara orden de detención no significa necesariamente que vayan a ser absueltos, sino que pueden haber sido condenados a penas de las que ya han cumplido la mitad como preventivos.
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