Este artículo se publicó hace 14 años.
Garzón recusa a un tercio de la Sala de lo Penal del Supremo
Considera que se han contaminado para juzgarle por los crímenes del franquismo
La recusación que Baltasar Garzón planteó ayer contra un tercio de los magistrados que forman la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo era una crónica anunciada. Dos días después de conocer la composición del tribunal que le juzgará por haber abierto la primera causa penal por los crímenes franquistas, el juez de la Audiencia Nacional ha decidido intentar apartar a cinco de los siete magistrados que lo compondrán.
El escrito de 44 páginas plantea dos causas: haber participado en la instrucción del procedimiento, al ratificar la instrucción realizada por Luciano Varela, y tener interés directo en ser ellos mismos los que formen el tribunal en el juicio, para lo que "salvaguardaron de forma artificiosa su propia competencia". La recusación enumera hasta 14 motivos para argumentar que "las dudas o sospechas sobre la imparcialidad" de los cinco magistrados cuestionados "están sobradamente justificadas". Y apela a dos condenas a España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, entre ellas la del también juez Javier Gómez de Liaño.
Los recusados admitieron la querella y ratificaron toda la instrucción
Elegir el tribunal
El relato del abogado Gonzalo Martínez-Fresneda comienza con la admisión a trámite de la querella de Manos Limpias que dio origen al procedimiento y las diligencias preliminares que propiciaron esa decisión.
Si la Sala que admite se establece cada cuatrimestre y es la que luego juzga, el sindicato ultraderechista pudo elegir qué magistrados la componían a la hora de presentar su denuncia.
El escrito dice que hasta defendieron el honor de los franquistas
Fue esa misma Sala la que recabó para sí el control de las personaciones solicitadas por las víctimas del franquismo y la que las rechazó "tajantemente". "Tal grado alcanzó el rigor de los magistrados hoy recusados", dice el escrito, que ni se dio una explicación a una de ellas cuando advirtió de que una de sus peticiones se había incluido en otra de las causas abiertas a Garzón.
También se rechazó la petición de personación de los hijos de los generales franquistas imputados por Garzón, pero a estos se les "dejó abierta la posibilidad de plantear otra acción" para defender el honor de los "personajes históricos" citados por la Audiencia, que es como llama el Supremo a los supuestos responsables de los crímenes franquistas. Es decir, "se califica peyorativamente la actuación de Garzón y se habla respetuosamente del buen nombre de los responsables de los crímenes", asevera el escrito.
Pero es a partir de la resolución del recurso de apelación contra el auto de 3 de febrero en el que Varela describía en un tono acusatorio los indicios de prevaricación que había hallado, cuando la Sala opta por "no entrar ni dar contestación en detalle de los argumentos expuestos", para evitar contaminarse y preservarse así de una futura recusación, como la ahora planteada.
Pero ello produce una situación cuando menos curiosa: Varela decía que, como la Sala admitió a trámite la querella, salvo que apareciera un hecho nuevo, no podía archivarla. Es decir, a su juicio, la decisión de admitir la querella fue un verdadero juicio sobre indicios. Y si es así, la Sala que admitió a trámite y que ahora se recusa, se contaminó.
Ya se recusó a Varela
Y también fue ella la que confirmó durante la instrucción el rechazo de los testigos claves de Garzón, como ha vuelto a hacer de cara al juicio oral; y la que avaló las recomendaciones que Varela hizo a las acusaciones para que enmendaran los escritos en los que piden 20 años de inhabilitación para el juez. En esta resolución es en la única que se ha producido un voto discrepante, el de Joaquín Giménez.
También fue por esa decisión por la que Varela fue recusado. Su apartamiento temporal de la causa no le impedió señala el escrito remitir a la Sala por si fuera delito la moción del Ayuntamiento de Ferrol en apoyo del juez Garzón.
El que no se haya atendido a ninguna de las siete peticiones de sobreseimiento y archivo de la causa que ha hecho el fiscal también se esgrime como motivo de recusación. "Lejos de abordar cuestiones puramente formales, la motivación de sus decisiones incide materialmente en cuestiones de fondo", concluye el escrito.
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