Este artículo se publicó hace 13 años.
Saber una lengua oficial no hará falta para renovar papeles
El reglamento de Extranjería valorará el esfuerzo de aprendizaje, pero no exigirá resultados lingüísticos
El Gobierno da por zanjada la polémica sobre la obligatoriedad de hablar las lenguas oficiales para los extranjeros que tengan que renovar sus permisos de residencia. El último borrador del reglamento de la Ley de Extranjería cambia la exigencia del "conocimiento" de éstas por la del "aprendizaje", valorando el "esfuerzo" en lugar de los resultados obtenidos.
Este ajuste ha llegado en la última revisión que ha sufrido el texto previa a su aprobación definitiva en el Consejo de Ministros, que es "inminente", según anunció ayer la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón, tras presidir el encuentro del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.
El reglamento también garantiza a las sin papeles maltratadas que no se les incoará una orden de expulsión si acuden a comisaría a denunciar las agresiones, incluye cambios en los procesos de regularización por arraigo social y laboral y flexibiliza las condiciones para el reagrupamiento familiar, entre otras medidas.
Violencia de género
Una de las grandes novedades del reglamento será la pro-tección especial que recibirán las mujeres en situación irregular víctimas de violencia de género. Antes de la modificación del texto, la ley permitía que la Policía incoase un expediente de expulsión a la mujer en el momento en el que acudía a la sede para denunciar la agresión. La repatriación quedaba bloqueada hasta que el juez dictase una sentencia. En caso de que la agresión quedase demostrada, la situación administrativa de la mujer se regularizaría automáticamente.
Las asociaciones y ONG han denunciado en reiteradas ocasiones que esta medida podía resultar "intimidatoria" para algunas maltratadas, ante la posibilidad de ser repatriadas. Finalmente, el texto dicta que el expediente de expulsión no se incoará, en ningún caso, antes de conocer la resolución del juez.
Arraigo social
Además del matiz del aprendizaje del idioma, el reglamento introduce otras novedades sobre el arraigo social, como, por ejemplo, la posibilidad de modificar las condiciones exigidas mediante una orden ministerial, de modo que no haga falta reformar de nuevo la ley.
El texto también ofrece una alternativa para los residentes en municipios en los que los consistorios (o las comunidades autónomas) pongan trabas para su regularización, al bloquear la emisión de informes como el de la habitabilidad de su vivienda, necesario para la regularización por arraigo. Con el nuevo reglamento, si estas instituciones no se lo facilitan al Gobierno en un plazo de 30 días, el propio inmigrante estará autorizado a presentar los documentos sin la mediación regional.
Reagrupación familiar
Para reagrupar a un cónyuge o a un hijo, el Gobierno ha suavizado las condiciones económicas exigidas a los extranjeros. De este modo, un inmigrante deberá acreditar unos ingresos equivalentes al 150% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para reagrupar al primer familiar. Por cada miembro extra de la familia, el porcentaje aumentará un 50%. Así, tras reagrupar a su esposa y a dos hijos, un trabajador tendrá que demostrar que la familia dispone del equivalente al 300%, para un tercero.
Alta cualificación
El reglamento también incorpora novedades para fomentar la llegada de profesionales de alta cualificación. Para ello, el texto amplía el volumen de trabajadores que podrán acogerse a la vía preferente. Por ejemplo: se amplía el abanico de empresas que podrán acogerse a mecanismos más ágiles. Por su parte, los trabajadores tendrán que acreditar sólo un salario equivalente al 150% del salario medio profesional.
Es el listón que el Gobierno considera que separa los trabajos de alta cualificación. Estas medidas están enfocadas a sectores profesionales concretos aunque el reglamento no los cita expresamente como es, por ejemplo, la biotecnología.
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