Este artículo se publicó hace 13 años.
Llega una nueva jubilación a la carta
El esquema de pensiones pasa de imponer los 65 años como edad obligatoria para jubilarse a permitir las salidas voluntarias con coste neutro para el sistema
La palabra fetiche en las nuevas reformas del Ejecutivo es "flexibilidad". La reforma laboral, la negociación colectiva y la renovación del sistema de pensiones se han impregnado de este nuevo paradigma económico que todos los organismos internacionales llevaban pidiendo a España desde hace años.
En las pensiones, la flexibilidad se ha colado en el tuétano del sistema, cambiando su sentido imperativo, que obligaba hasta ahora a jubilarse a los 65 años para conseguir el 100% de la pensión y dejaba muy poco margen a la posibilidad de salir antes del sistema, incluso asumiendo una penalización. Ahora se crea la vía de una jubilación voluntaria a partir de los 63 años que deja vía libre al trabajador a retirarse, siempre y cuando asuma un recorte.
Eso sí, hasta conocer el articulado final de la ley, parece que convivirán los conceptos de edad legal de jubilación, que se establecerá en los 67 años, y jubilación ordinaria, que se sitúa en los 65 años con 38,5 años cotizados.
Estos son algunos de los detalles del nuevo sistema:
63 años. Jubilación voluntariaSe analizarán más variables de la jubilación por despido
Es la estrella del nuevo modelo de jubilación y una de las conquistas que exhiben los sindicatos. La posibilidad de retirarse a los 63 años se abre para todos aquellos que haya cotizado al menos 33 años y que quieran asumir una penalización. Esta será del 7,5% por cada año que reste para llegar a lo que ahora se denomina "jubilación ordinaria".
En el mejor de los escenarios, un trabajador con 63 años de vida biológica y 36,5 años de vida laboral podrá retirarse con una penalización del 15% sobre su prestación. Aunque la cifra no es menor, es cierto que se abre un abanico de posibilidades para trabajadores con otras rentas que prefieran disfrutar de más años de descanso que de prestación. El peor de los escenarios, el de un trabajador con 63 años y 33 de vida laboral, daría lugar a un recorte de la pensión del 30%.
Edad y vida laboral tendrán sus propios plazos de implantación
La jubilación a los 65 años se mantiene como una suerte de premio para todos los que tengan una larga vida laboral. Así, quienes se hayan incorporado al mercado de trabajo antes de los 27 años, pueden tener por seguro que se podrán jubilar a los 65 años, al menos en el horizonte de 2027.
Si cuando el trabajador cumple 65 años de vida biológica aún tiene pendientes algunos meses de vida laboral para cumplir los 38,5 años, se podrá retirar con el 100% de la pensión en el momento en el que culmine esa carrera de cotización. Esta posibilidad tampoco existe ahora y da más aire a que los trabajadores se vayan retirando progresivamente entre los 65 y los 67 años.
El sistema pasa de ser imperativo en la edad a voluntario
Según la formulación del texto, esta cifra pasa a ser la nueva edad legal, aunque los sindicatos creen que al menos el 52% de los trabajadores se podrá jubilar antes de esta edad en 2027. Con todo, para cobrar el 100% de la pensión, será necesario haber cotizado al menos 37 años a la hora de solicitar el retiro a los 67.
Para los que decidan permanecer más años en el sistema, se bonificará su permanencia con un 3,5% más de la pensión por año extra. También recibirán esa gratificación los que habiendo trabajado más de 38,5 años decidan jubilarse después de los 65.
61 años. Jubilación por crisisLa jubilación anticipada por crisis, esto es, por estar en situación de desempleo, se mantiene con mínimas variaciones. Por lo pronto, será necesario tener 33 años cotizados frente a los 30 que se exigen en la actualidad.
Además, se analizarán y ampliarán las causas que pueden dar lugar a esta jubilación, ya que ahora se concede sólo para quienes hayan sido despedidos por la vía procedente. Sin embargo, se dan paradojas como que la muerte del empresario empleador no se considera causa objetiva de despido y puede no dar lugar a este derecho.
Base reguladora. HomogeneizaciónCumpliendo un mandato del Pacto de Toledo, la reforma cambia el sistema de valoración de los años cotizados, intentando que su peso sea más homogéneo a lo largo de toda la carrera de cotización. Con la situación actual, los primeros 15 años de cotización dan derecho a la mitad de la pensión y, sin embargo, los últimos años de la vida laboral pierden peso relativo.
Conviven dos jubilaciones ordinarias en el nuevo sistema
Después de la reforma, los primeros 22 años de vida laboral generarán un derecho al 50% de la pensión y a partir de ahí se afectarán unos coeficientes que intentarán darle un peso más proporcional al resto del sistema.
Plazos. Los periodos transitoriosLa reforma entrará en vigor en 2013 pero no estará en total aplicación hasta 2027. Se generarán en ese plazo de tiempo varios periodos transitorios de la medida, que le darán el carácter gradual que han exigido los sindicatos y los partidos políticos.
Sin embargo, la posibilidad de cumplir dos criterios independientes aunque interrelacionados, como son la edad biológica y vida laboral, llevarán a que cada individuo deba hacer sus propios cálculos para conocer cuándo tiene derecho a una prestación (ver gráfico).
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