Este artículo se publicó hace 12 años.
La A.Nacional se opone a la libertad de Troitiño pese al fallo de Estrasburgo
Comunica este criterio a Londres, que estudia mañana si extradita al terrorista a España
La Audiencia Nacional reconoció hoy por primera vez que la sentencia del Tribunal de Estrasburgo del pasado 10 de julio, que se cargó la "doctrina Parot" y ordenó la urgente excarcelación de Inés del Río Prada, es extensible a otros terroristas. En concreto, el tribunal ha comunicado a la Fiscalía de Londres que el fallo de la Corte europea es aplicable a Antonio Troitiño Arranz, detenido en la capital inglesa el pasado 29 de junio, pero se opone a su libertad porque la resolución de Estrasburgo no es definitiva ante el anuncio de España de recurrirla.
La Audiencia dictó hoy una providencia para responder a la Fiscalía de Londres, quien había consultado al tribunal español si procedía revocar la orden de detención europea que permitió el arresto de Troitiño, y dejar por tanto en libertad al etarra, a la vista de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Inés del Río, pronunciada después de la detención.
La Fiscalía británica sugería a España dejar sin efecto la orden de detención europea en aplicación del criterio de Estrasburgo, o bien conceder la libertad provisional al terrorista hasta que la sentencia del Tribunal europeo sea firme, una vez que resuelva el recurso de España.
La Audiencia no acuerda ninguna de las cosas. Admite que Troitiño está en la cárcel en aplicación de la "doctrina Parot", que prorrogó su fecha de salida de prisión desde 2011 hasta 2017, y reconoce expresamente que la nueva sentencia de Estrasburgo "tendría aplicación" a su caso.
Pero como España tiene intención de recurrir, el fallo del TEDH que revoca la "doctrina Parot" no es definitivo, por lo que persiste la reclamación judicial de Troitiño para que cumpla en España cinco años, nueves meses y cinco días de cárcel que tiene pendientes. En la misma providencia, la Sección Tercera, de lo Penal, de la Audiencia, ordena la urgente traducción de la sentencia de Estrasburgo sobre el caso Inés del Río, que la Fiscalía británica unía a su comunicación.
La justicia inglesa celebrará mañana la vista de extradición del terrorista, detenido en Londres el pasado 29 de junio junto al presunto miembro de ETA Ignacio Lerín Sánchez en virtud de una orden de entrega de las autoridades españolas.
Antonio Troitiño, nacido en 1957 en Tariego de Cerrato (Palencia), pasó en prisión 24 años y quedó en libertad en abril de 2011 por decisión de la Audiencia Nacional, quien dos días después le practicó una nueva liquidación de condena en aplicación de la doctrina Parot, fijando como nueva fecha de excarcelación el 17 de enero de 2017. Sin embargio, el etarra ya no pudo ser localizado. Desde entonces, estaba reclamado por una Orden Europea de Detención dictada el 19 de abril de 2011 por la Sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, por pertenencia a banda armada u organización terrorista. Como Inés del Río, formó parte del "comando Madrid" que en los años ochenta cometió una veintena de asesinatos en la capital de España. Fue condenado a más de 2.200 años de cárcel.
Tras su detención, el etarra se negó a ser extraditado cuando compareció ante la Corte de Magistrados de Westminster, en Londres, y desde entonces permanece en prisión preventiva hasta mañana, en que se celebre la vista de extradición.
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