Público
Público

El Supremo deja a ANV sin 9-M para evitar un hecho "irreversible"

Admite que sería “desproporcionado” suspender ahora las actividades del partido

ÓSCAR LÓPEZ-FONSECA

Evitar una “situación irreversible”. Ese es el argumento esgrimido por el Tribunal Supremo en el auto en el que explica su decisión del pasado viernes de dejar fuera de las elecciones del 9 de marzo las candidaturas de Acción Nacionalista Vasca (ANV). “El interés determina la necesidad de evitar que representantes de este partido pudieran ser elegidos en dichas elecciones y formar parte del Congreso o del Senado”, afirman los dieciséis magistrados en el punto quinto de la resolución, que recuerda que una eventual sentencia condenatoria “afectaría al partido político como tal, pero no a los candidatos presentados por él que hubieran resultado elegidos, que continuarían en sus cargos hasta que acabase la nueva legislatura”.

El auto destaca que, pese a las “consecuencias irreparables” que para la formación abertzale tendrá su ausencia en las urnas, la medida está totalmente justificada por la “especial intensidad de los indicios” recogidos hasta ahora por la Policía sobre los lazos existentes entre ANV y la ilegalizada Batasuna, y que no se basan “en conexiones teóricas” sino en “datos objetivos” recogidos principalmente a partir de la operación contra la Mesa Nacional del pasado mes de octubre y de los que hace un somero repaso en el texto.

No obstante, la Sala del 61 del Tribunal Supremo sostiene que ir más allá de esta medida cautelar y de la otra finalmente decretada, la de suspender “la entrega de recursos procedentes de la financiación pública”, sería “desproporcionado”. El fiscal y el abogado del Estado habían solicitado la suspensión de todas las actividades del partido, el cierre cautelar de sus sedes sociales y el embargo de las cuentas corrientes y demas activos financieros de la formación.

Pluralismo político

Respecto a la primera, los magistrados consideran que no se debe “limitar indebidamente el pluralismo político silenciando a un partido que en estos momentos aparece inscrito en el correspondiente registro”. Y añade que “si el sistema democrático ha conseguido absorber con éxito” la supuesta colaboración entre ANV y Batasuna que se detecta desde mayo de 2007 “parece desproporcionado adoptar ahora una medida que, de hecho, representa la disolución anticipada del partido”.

En términos similares se pronuncian al explicar su negativa a embargar las cuentas bancarias. El auto explica que aunque “tiene la misma finalidad” que la suspensión de la entrega de recursos procedentes de la financiación pública que si ha admitido, aquella supone “una intromisión más enérgica en los derechos del partido político”. “Este caso podría acarrear al partido unos inconveniente innecesarios y excesivamente onerosos en relación a la finalidad que se persigue con la tutela cautelar”, añade.

De hecho, la Sala del 61 hace especial hincapié en varias ocasiones en la necesidad de que las medidas cautelares que adopten puedan ser reparables si, finalmente, el proceso judicial no concluye con una sentencia de ilegalización del partido.

El auto de Garzón

El Supremo dedica un amplio espacio de la resolución a analizar la compatibilidad o no de este auto con el que hizo público el mismo viernes el juez Baltasar Garzón, en el que se impusieron a ANV medidas más duras que las del Alto Tribunal al suspender todas las actividades de la formación salvo las de sus cargos electos.

Según los magistrados de la Sala del 61 del Supremo, entre las medidas adoptadas por su colega de la Audiencia Nacional y las suyas existe una plena “compatibilidad” ya que, “en los sustancial, son materialmente coincidentes”. Y recalcan que “la eventual coincidencia en el tiempo” de ambos procedimientos respecto a ANV “no interferirá la continuación de ambos hasta su finalización, produciendo cada uno de ellos los correspondientes efectos”.

El lunes, PCTV

Los magistrados de la Sala del 61 se volverán a reunir mañana lunes para redactar el auto referido a las medidas cautelares adoptadas sobre el Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV). El Tribunal Supremo ya adelantó el pasado viernes que rechazaba la pretensión de la Fiscalía y la Abogacía del Estado de suspender sus actividades, aunque aceptaba la petición de prohibir que siga recibiendo fondos públicos, al igual que ha hecho con ANV.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias