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El Supremo ilegaliza Sortu con un documento de 2009 intervenido a una letrada

La formación abertzale se desvinculó del texto en sus alegaciones

ÁNGELES VÁZQUEZ

El auto de la Sala del 61 del Tribunal Supremo que hoy será notificado a las partes, junto a un voto particular firmado por siete de sus 16 magistrados, no tiene dudas de que 'la banda terrorista ETA ha gestado, alentado y tutelado la estrategia de Batasuna de crear un nuevo partido político, Sortu, así como la puesta en escena del mismo, incluido el rechazo formal de la violencia'.

Para llegar a esa conclusión, la Sala se basa en cuatro documentos. A tres de ellos apenas les dedica un par de folios. La argumentación jurídica que despliega en sus 217 páginas se centra en uno de ellos, intervenido en el domicilio de la abogada Arantza Zulueta, cuyo despacho fue registrado en abril de 2010 en una operación del juez Fernando Grande-Marlaska contra Halboka, el colectivo de abogados acusado de actuar de correa de transmisión de ETA a sus presos. Se trata de Proceso democrático. Reflexión sobre la alternativa para la solución democrática del conflicto político y para el reconocimiento de Euskal Herria, que data de agosto de 2009.

El TS sostiene que 'ETA ha gestado y tutelado la creación del nuevo partido'

La Sala atribuye el documento a ETA por el lugar donde fue intervenido y concluye que el desarrollo de ese proceso democrático 'le corresponde a la izquierda abertza-le, identificada en el documento con las organizaciones políticas ilegalizadas', pero la banda terrorista 'se asigna la labor de custodio del mismo, reservándose el uso de la lucha armada como posibilidad para remover los obstáculos que surjan por el camino'. Todo ello encaminado, según el auto, a 'poder abrir un nuevo escenario de negociación' con el Gobierno, para lo que consideran 'requisito imprescindible la legalización'.

Sortu, cuyas alegaciones de contestación a las demandas de la Fiscalía y la Abogacía del Estado son interpretadas por el tribunal como 'un reconocimiento implícito de que ha sido creado por Batasuna', sostenía que los planteamientos expresados en el Proceso democrático son muy diferentes de los de la izquierda abertzale.

Para ello cita su declaración de Pamplona del 24 de abril de 2010, en la que acordó 'abrir el proceso democrático mediante una decisión unilateral sin estar sujeta, ni depender de acuerdos o compromisos previos'. La izquierda abertzale había abierto en otoño de 2009 un debate en su seno que culminó en febrero de 2010 con el documento Zutik Euskal Herria, en el que se apostaba por el 'uso de vías y medios exclusivamente democráticos'. Un año después de iniciado el proceso, apostó en Pamplona como únicos instrumentos por 'la lucha de masas, institucional e ideológica' e instó a ETA a abrir un alto el fuego.

La izquierda abertzale inició en el otoño de 2009 su alejamiento de la violencia

La Sala advierte, sin embargo, que las alegaciones de Sortu y la 'brillante exposición' realizada por Iñigo Iruin, 'lejos de servir para acreditar sus pretensiones' la han 'reafirmado en las deducciones lógicas que se extraen del conjunto probatorio aportado, singularmente en un aspecto: es Batasuna la que está detrás del proyecto Sortu'.

Una conclusión que quedaría reforzada por el hecho de que el letrado ha representado también a la izquierda abertza-le en otros procesos de ilegalización y destacados dirigentes del partido ilegalizado han mostrado su apoyo a Sortu.

Ante la escasa actividad de la formación que pretende inscribirse en el Registro de Partidos, el Supremo dice haber alcanzado 'una conclusión válida acerca de la sucesión' analizando 'con especial intensidad otras circunstancias circundantes, además de la actividad previa desarrollada por quienes pretenden constituir e inscribir el nuevo partido'.

Entre esas 'circunstancias circundantes', el Supremo afirma que Sortu se ajusta a los plazos previstos por ETA. Para ello recurre al documento de Batasuna Planificación política curso 2010-11, que considera imprescindible, para llegar a acuerdos con otros partidos, que ETA emita un comunicado de alto el fuego permanente y verificable por agentes internacionales.

'Es precisamente el 10 de enero de 2011, seis días antes del acuerdo político que refiere el letrado de Sortu, cuando ETA saca un comunicado que declaró un alto el fuego permanente y de carácter general, que puede ser verificado por la comunidad internacional, alto el fuego que además propició la puesta en marcha de la presentación de la nueva marca electoral de Batasuna', afirma la resolución.

El auto también cita los actos de la formación ilegalizada y los comunicados de la banda, entre el 31 de diciembre de 2009 y el 10 de enero de 2011, como elemento de 'constatación de la coordinación con Batasuna y de su tutela sobre el desarrollo del Proceso democrático'.

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