El Tribunal Supremo ha revocado el auto que fijó la liquidación de condena del exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón para el 3 de abril de 2022 y ha ordenado que se practique un nuevo cómputo teniendo en cuenta el periodo de casi un año en el que estuvo suspendido cautelarmente de sus funciones por la causa de la memoria histórica.
La Sala de lo Penal del alto tribunal ha estimado el recurso de súplica que interpuso el exmagistrado contra el auto que fijó en abril de 2022 la fecha en la que Garzón terminaría de cumplir la pena de once años de inhabilitación para la función judicial por la que fue condenado por intervenir las comunicaciones en prisión de los cabecillas de la trama 'Gürtel' con sus abogados.
En su decisión, adelantada por Público el pasado 10 de agosto, los magistrados reconocen que la liquidación de condena practicada el pasado mayo omitió el tiempo que estuvo suspendido provisionalmente de sus funciones en el caso de la investigación de las desapariciones del franquismo, del que finalmente fue absuelto.
El auto, con ponencia del juez Miguel Colmenero, destaca así que procede computar el periodo comprendido entre el 17 de mayo de 2010, fecha en la que se produjo el cese cautelar del magistrado, hasta el 18 de abril, un día antes de que fuera suspendido.
Por todo ello, los jueces del Supremo ordenan que se practique una nueva liquidación de condena y que, verificada la cual, se dé traslado al Ministerio Fiscal para que informe sobre este asunto.
Los magistrados requirieron previamente al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) una certificación acreditativa del plazo transcurrido en situación cautelar de suspensión, mientras que tuvieron sobre la mesa el escrito de la defensa de Ignacio Peláez oponiéndose a la solicitud del exjuez, y del abogado de Francisco Correa, que sí formuló su adhesión al recurso. El Ministerio Público no se pronunció sobre esta petición.
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