Este artículo se publicó hace 6 años.
El derecho a la vivienda frente al de la propiedad

Por El Quinze
Seis familias decidieron hace dos años ocupar un edificio vacío, propiedad de un fondo de inversión, en pleno centro de Barcelona. Cinco intentos de desahucio después, el Bloc Llavors germina como el primer caso en que se aplica el nuevo decreto ley 17/2019 de emergencia habitacional de la Generalitat. El cambio legislativo obliga a los grandes propietarios como Vauras Investment, dueño del bloque de la calle Lleida, a ofrecer un alquiler social a los ocupantes que estén en riesgo de exclusión social. Pero hay mucho más: la norma es pionera y cambia el paradigma para las plataformas de lucha por el derecho a la vivienda en Catalunya. La nueva ley, en cambio, genera rechazo entre propietarios y el sector inmobiliario.
El nuevo decreto amplía el concepto de “gran tenedor”. Si antes eran solo personas jurídicas, sobre todo bancos y fondos de inversión, ahora lo es también todo aquel que posea 15 viviendas o más. En esos casos, cuando un inquilino no pueda asumir la subida del alquiler o se le acabe el contrato y tenga un informe de servicios sociales que acredite su situación de pobreza, el propietario tendrá sí o sí que ofrecerle un alquiler social, en el mismo piso o en otro.
Amnistía parcial a la ocupación
En el caso de las ocupaciones, la norma solo se aplicará para bancos y fondos de inversión, como sucede con el Bloc Llavors. Si una familia entró sin título habilitante en un piso seis meses antes de la entrada en vigor de la ley –el 23 de diciembre de 2019–, estará amparada por ella, aunque también tiene que demostrar que lleva dos años en el piso y que, previamente, estaba vacío. La condición de haber entrado antes del 30 de junio de 2019 es un dato importante, porque “deshace el miedo al efecto llamada a la ocupación que presagiaban algunos poderes mediáticos”, resalta Jaime Palomera, portavoz del Sindicat de Llogateres. Desde la Plataforma de Afectados por la Hipoteca lo resumen como “una especie de amnistía”. A pesar de que les parece que no se ataca el problema de raíz, están contentas porque la ley no había tratado hasta ahora las ocupaciones.
Los desahucios protagonizan las portadas de los periódicos desde hace 10 años. En el Observatori DESC, que forma parte del grupo promotor de este decreto, tienen una respuesta preparada para los detractores de la ley: “Quien no esté de acuerdo, que proponga qué soluciones tiene para los miles de familias que no se pueden quedar en la calle”. Guillem Domingo, técnico de vivienda de la organización, tiene claro que la emergencia habitacional nunca ha desaparecido, sino que ha mutado y tiene momentos especialmente graves, como el actual. “Si en los años 60 las familias vulnerables se construían barracas en las afueras, hoy ocupan, pero en algún lugar tienen que vivir”, resume.
“Nos sorprende mucho la fuerte reacción de bancos y fondos que dicen que este decreto es poco menos que las siete plagas de Egipto”, ironiza el técnico. “Porque la solución es muy fácil: si no quieres ofrecer un alquiler social, no le subas el alquiler desorbitadamente al inquilino, no lo desahucies”. Frente a quienes hablan de barra libre a la ocupación, Domingo contrapone que “quienes no tienen límites son los grandes propietarios”.
Más grandes propietarios
Que también sean grandes tenedores las personas físicas con 15 pisos o más es “muy relevante”, según Palomera: “Señala a quienes alquilaban sin mover un dedo y les dice que ya no pueden seguir desahuciando sin ofrecer un alquiler social”. Aunque, como recogía el Ayuntamiento de Barcelona, casi el 40% de la población de la ciudad vive de alquiler, la mayoría de casos seguirán quedando fuera del paraguas de la ley. “Una pareja con un hijo que ingrese 2.000 euros al mes no será vulnerable para los servicios sociales”, critica el portavoz del Sindicat, que reclama una regulación global que fije un margen en el que se puedan mover los precios del alquiler en el futuro.
“Los cambios sociales son de largo recorrido y siempre nos encontramos con sectores de la sociedad y entidades privadas que son conservadoras”, razona Lucía Delgado, portavoz de la PAH de Barcelona. En la plataforma están muy orgullosas del decreto ley, aunque les hubiera gustado aumentar hasta cinco pisos el concepto de gran propietario: “Quince viviendas son muchas, y quien se dedica a alquilar sus pisos tiene que hacerse cargo de que la situación es de emergencia”. A pesar de ello, la portavoz considera que a nivel europeo “es una ley supergarantista y que tiene una formulación muy interesante porque obliga a los privados a corresponsabilizarse”.
Renovación de alquileres sociales
Los desahucios subieron un 4% entre 2017 y 2018, y fueron casi 14.000 en el primer trimestre de 2019, según la Generalitat. El conseller de Territori i Sostenibilitat, Damià Calvet, aseguraba que el ejecutivo quiere “reducir el número de ejecuciones hipotecarias” y “las listas de espera de adjudicación de viviendas de casos favorables de las Mesas de Emergencia”.
Para achicar esas listas, el decreto amplía la ley anterior 24/2015, famosa porque fue recurrida por el Gobierno de Mariano Rajoy y, tras la moción de censura, el PSOE retiró el recurso en el Tribunal Constitucional. Entonces se estableció el deber de dar un alquiler social a las familias en riesgo durante tres años, sin obligación de renovación. El caso con el que se encontraba el Sindicat de Llogateres es que, una vez se extinguía el contrato, los propietarios no querían renovarlo. “Sólo en Barcelona hay 500 familias en pisos de Blackstone y 300 del BBVA que se enfrentaban a subidas siderales”, explica Palomera.
Bajo el nuevo decreto, los alquileres sociales se renuevan obligatoriamente, siempre que la situación de las familias siga siendo de vulnerabilidad. La novedad es que también se aplicará a las extinciones de contrato de alquiler, los llamados desahucios invisibles. “Hasta ahora, si al acabarse tu contrato el propietario decidía subirte el precio y no podías asumirlo, te tenías que ir”, aclara la portavoz de la PAH, “pero ahora, con un informe de servicios sociales el gran tenedor está obligado a darte un alquiler social”. Además, con el cambio de la ley estatal, esos contratos ya no serán de tres años, sino de cinco o siete, según sean personas físicas o jurídicas los dueños.
El decreto deja fuera muchas casuísticas, entre ellas las familias que hayan ocupado una vivienda desde julio y en el futuro. “Tendrá que darles una solución la Administración, pero el propietario no estará obligado en estos casos”, aclara Domingo. Integrar en la solución a los fondos de inversión y bancos es uno de los grandes avances de la ley, pero también que, por primera vez, la Generalitat estará obligada a comprobar que se ofrece un alquiler social a las familias vulnerables y, si no, abrir expediente sancionador. Las multas rondan los 90.000 euros.
El futuro de la vivienda
“La vivienda no es como un móvil que puedes cambiar cuando quieras. La vivienda es tu hogar, es donde haces tu vida”, defiende el portavoz del Sindicat, “y muchos fondos se aprovechan de que es un bien básico para extorsionar a miles de familias”, agrega. Frente a los defensores del mercado y su mano invisible, Palomera denuncia que la vivienda que se construye en Barcelona está destinada al lujo, y los fondos la mantienen vacía como activo financiero, mientras los sueldos de los barceloneses siguen estancados. “Incluso la relatora de la ONU ha señalado que la vivienda está parasitada por fondos que especulan con ella”, aclara. “Mientras haya normas claras, los fondos seguirán sacando rentabilidades altas, pero tienen que saber que hay unas condiciones”, expone. La PAH quiere que el decreto 17/2019 se amplifique al resto del Estado. “Vamos a apretar, porque los dos partidos en el Gobierno han manifestado que están a favor de los derechos de la ciudadanía, así que queremos verlo”, advierte Delgado. Ya están preparando la campaña que, avisan, “será la prueba del algodón del nuevo Gobierno”.
¿Se puede paralizar el decreto?
Cuando la Generalitat aprobó la ley 24/2015 que reconocía por primera vez la emergencia habitacional en Catalunya, el Gobierno de Mariano Rajoy la recurrió al Tribunal Constitucional. Automáticamente, el decreto quedó suspendido. No fue hasta el triunfo de la moción de censura, en 2018, cuando el PSOE de Pedro Sánchez retiró el recurso y la ley volvió a estar en vigor, tras las presiones del movimiento por el derecho a la vivienda de Catalunya. Con el decreto actual, la situación podría repetirse con algunas variaciones. Puede impugnarla un grupo parlamentario que supere los 50 diputados. Guillem Domingo, del Observatori DESC, prevé que PSOE y Unidas Podemos no lo harán, pero teme que el PP y Vox sí la recurran. En ese caso, la ley empezaría su cruzada judicial, pero no se suspendería su aplicación, porque eso solo sucede cuando quien denuncia la ley es el partido en el Gobierno. “Con la 24/2015, nunca olvidaremos que el presidente del BBVA se encomendó a la vicepresidenta Soraya Sáez de Santamaría para que recurriera la ley el día antes de que acabara el plazo para hacerlo”, recuerda Domingo. El Observatori DESC insiste en que la ley tiene que aplicarse desde ahora mismo, “para que se consolide”.