Este artículo se publicó hace 2 años.
Condenados en Argentina por crímenes de lesa humanidad 19 acusados en la megacausa Jujuy
Diecinueve ex militares e integrantes de fuerzas de seguridad fueron condenados este viernes por los crímenes cometidos contra 120 víctimas durante la dictadura en el país.
Buenos Aires-Actualizado a
Diecinueve ex militares e integrantes de fuerzas de seguridad fueron condenados este viernes por los crímenes de lesa humanidad reunidos en la m
megacausa Jujuy, que fueron cometidos contra 120 víctimas, de las cuales 44 siguen desparecidas.
El Tribunal Oral Federal de Jujuy, compuesto por los jueces Federico Díaz, Alejandra Cataldi y Mario Juárez Almaraz, condenó a prisión perpetua a cuatro acusados. Además, el tribunal aplicó penas de entre 25 y 20 años de prisión a ocho imputados, a 15 años de cárcel a dos enjuiciados, a 11 años a un acusado y a penas de entre 8 y 5 años a otros cuatro, en tanto un imputado fue absuelto.
La megacausa Jujuy acumuló 16 causas por crímenes de privaciones ilegales de la libertad, tormentos, homicidios y, por primera vez en la provincia norteña, delitos sexuales cometidos en el circuito represivo que funcionó en Jujuy durante la última dictadura militar (1976-1983).
Entre los acusados se encuentran ex integrantes de la policía jujeña y del servicio penitenciario provincial y de las dependencias de la Policía Federal, de la Gendarmería Nacional y del Ejército.
Los casos acumulados en la megacausa Jujuy son motivo de juicio desde el 21 de junio de 2018, que se inició con 23 imputados, pero fallecieron tres acusados en los cuatro años de audiencias.
El debate también abarca el secuestro, la tortura y la desaparición de trabajadores de la mina El Aguilar y del ingenio Ledesma.
Por los crímenes cometidos en ambas empresas es investigada la responsabilidad civil de sus directivos. Pero el ex propietario de Ledesma, Carlos Pedro Blaquier, y el ex administrador General de la empresa, Alberto Lemos, no integraron este juicio ya que fueron beneficiados por una falta de mérito en un fallo de 2015 de la Cámara de Casación.
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