Este artículo se publicó hace 14 años.
Varapalo de la UE a la Ley del aborto de Irlanda
El gobierno tendrá que pagar 15.000 euros a una mujer y reformar su normativa.
Irlanda flexibilizará sus requisitos para abortar. El gobierno de uno de los países más católicos y conservadores de Europa reconoció el jueves que tendrá que revisar su Ley del Aborto, tras recibir una sentencia en contra del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La Gran Sala del tribunal de Estrasburgo condenó al Estado irlandés a indemnizar con 15.000 euros a una mujer a la que no se permitió abortar en su país, a pesar de que su vida corría peligro, informa Efe.
La sentencia indica que no se explicó a la mujer si se daban las condiciones para abortar en su país lo hizo finalmente en el Reino Unido y que las autoridades "ignoraron" la obligación de garantizarle el respeto a "su vida privada".
La legislación irlandesa sólo permite interrumpir la gestación en tres supuestos: cáncer de útero, embarazo extrauterino y preeclampsia (hipertensión inducida en el embarazo). La mujer se había sometido a un tratamiento contra un cáncer que incluía pruebas médicas que eran incompatibles con un embarazo.
El tribunal entiende que la prohibición del aborto "basada en las ideas morales profundas del pueblo irlandés sobre la naturaleza de la vida y la protección del derecho a la vida" no excede el margen de apreciación del Gobierno en esta materia.
La ministra irlandesa de Sanidad, Mary Harney, precisó que, sin embargo, la reforma "llevará algún tiempo" porque es "un asunto altamente sensible".
Condena en Navarra
Por otro lado, en España, la titular del Juzgado de lo Penal número uno de Pamplona, María Alemán Ezcaray, condenó a una mujer, Suelen V. A., como autora de un delito de aborto ilegal al interrumpir su embarazo de entre 16 y 20 semanas superando el límite de 14 marcado por la Ley, administrándose un antiinflamatorio con efectos abortivos por vía oral y vaginal.
La jueza concluyó que la mujer, que se quedó embarazada "de un cliente de Andalucía", "era conocedora del efecto abortivo" del fármaco, y la condenó a seis meses de multa a razón de tres euros diarios (540 euros).
Irlanda violó los "derechos de la mujer". Es la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos tras la denuncia de una mujer a la que se negó abortar estando enferma de cáncer.
La mujer se encontraba en remisión, pero ningún médico le advirtió de que el cáncer podía volver al estar embarazada y ser un peligro para ella y para el feto.
Irlanda limita el aborto a los casos en los que se puede poner en peligro la vida de la madre, pero en esta ocasión no lo juzgó oportuno. La mujer se desplazó a Reino Unido para interrumpir el embarazo y el tribunal de derechos humanos ha emitido su sentencia.
Desestima otros dos recursosEl Estado deberá pagar una multa de 15.000 euros. El tribunal denuncia el fallo de Irlanda en extender el derecho constitucional al aborto en este caso.
Estrasburgo, sin embargo, falló en contra de la demanda de otras dos mujeres a las que se le había negado la aborción y que también vajarón a Reino Unido. La primera era una ex alcohólica con 4 hijos en acogida, que se quedó embarazada "por accidente", porque pensaba que su pareja era estéril.
La segunda demandante no quería ser madre soltera por lo que, ante la sospecha de un embarazo extrauterino, decidió abortar en el extranjero.
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