Aborto en España: desde qué año es legal y hasta qué semana se puede interrumpir el embarazo
La primera Ley del Aborto española entró en vigor en 1985 bajo el mandato de Felipe González, hasta entonces, interrumpir el embarazo era ilegal.
Madrid-
La Ley del Aborto con la que contamos en España tiene años de historia y reivindicaciones sociales detrás. La norma que está en vigor actualmente es la Ley Orgánica 1/2023, que modificó algunos aspectos de la del 2010, como la supresión del permiso de los progenitores de las menores de 16 y 17 años para poder abortar libremente, puntos que siempre han estado en el debate público desde entonces.
La norma actual también tuvo como novedad el fin de la obligación de que las mujeres que deseaban abortar recibieran información sobre los procedimientos y alternativas, y la garantía de poder abortar en el hospital más cercano. La salud menstrual, además, también se abordó por primera vez, añadiendo las bajas por menstruaciones muy dolorosas e incapacitantes o la baja preparto desde la semana 39 de embarazo.
En qué año entro en vigor la Ley del Aborto
La primera Ley del Aborto entró en vigor en 1985 bajo el Gobierno del PSOE de Felipe González, hasta entonces, la interrupción del embarazo era ilegal. Con la Ley Orgánica 9/1985, el aborto estaba permitido dentro de las primeras 22 semanas de embarazo por malformación del feto, así como en cualquier momento de la gestación si era un riesgo para la salud física o psíquica de la madre.
El aborto dejaba de ser un delito, también, cuando se realizara en las 12 primeras semanas si el embarazo había sido consecuencia de una violación. Las mujeres que abortaran fuera de estas tres situaciones podían enfrentarse a una multa de seis a 24 meses o una pena de prisión de seis meses a un año.
El último Gobierno de Felipe González intentó incluir un cuarto supuesto, que consistía en que el embarazo supusiera un conflicto personal, familiar o social para la mujer. Esta modificación, finalmente, no se llevó a cabo porque se adelantaron las elecciones.
José Luis Rodríguez Zapatero, 25 años después de la primera Ley del Aborto, aprobó la Ley Orgánica 2/2010, en la que se establecía que las mujeres mayores de 16 años podían interrumpir su embarazo siempre que informaran a uno de sus progenitores o tutores legales. Esta obligación no era necesaria si suponía un conflicto intrafamiliar o peligro para la mujer.
La norma, además, permitía el aborto libre en las 14 primeras semanas de gestación, también podía realizarse dentro de las 22 semanas si suponía un grave riesgo para la mujer o para el feto y si se detectaban enfermedades o anomalías muy graves en el feto, la interrupción podía llevarse a cabo en cualquier momento. En los dos últimos casos, eran necesarios dictámenes de especialistas que lo confirmasen.
El ex ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, por su parte, presentó una reforma de la ley en 2013 en la que se eliminaba el aborto libre y volvía a estar permitido solo cuando el embarazo fuera consecuencia de una violación –aportando la denuncia– y cuando supusiera un riesgo para la salud de la madre.
El intento de reforma, además, eliminaba la circunstancia establecida en 1985 de malformación del feto y establecía que solo se podría abortar si era incompatible con la vida del feto. Este anteproyecto del PP incluía la obligación del consentimiento de los padres de la mujer si era menor de 18 años, que terminó siendo aprobada, modificando la ley de Zapatero de 2010.
El anteproyecto de Gallardón también establecía que los médicos que les practicaran el aborto podían enfrentarse a penas de prisión de entre uno y ocho años.
Tanto asociaciones feministas como la izquierda española se manifestaron mostrando su rechazo a la reforma propuesta por el PP. Mariano Rajoy, finalmente, la echó para atrás y Gallardón dimitió y abandonó la política y su escaño en el Congreso.
Cuáles son los plazos de la interrupción
Los plazos de la interrupción del embarazo fijados en la norma de 2010 y avalados por el Tribunal Constitucional no se modificaron en la Ley del Aborto en vigor y son los siguientes:
Antes de superar las primeras 14 semanas el aborto es libre y voluntario.
Entre la semana 14 y la 22 de embarazo: el aborto está permitido si está en riesgo la salud de la mujer o del feto.
Después de la semana 22: el aborto se puede realizar excepcionalmente cuando el feto presente anomalías que sean incompatibles con la vida o muy graves, confirmado por un comité clínico.
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