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Condenado a 16 meses de prisión por agredir sexualmente a su expareja en el baño de un bar en Navarra 

El culpable deberá indemnizar a la víctima con 1.300 euros y no podrá acercarse a menos de 200 metros ni comunicarse con ella durante los próximos dos años.

Fachada del Palacio de Justicia de Pamplona
Imagen de archivo de la Fachada del Palacio de Justicia de Pamplona. Eduardo Sanz / Europa Press

La titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Pamplona ha condenado a un hombre a 16 meses de prisión por agredir sexualmente a su expareja en el baño de mujeres de un bar de una localidad de la Ribera de Navarra.

El condenado, de 31 años, deberá indemnizar por el daño moral causado con 1.300 euros a la víctima. Además, no podrá acercarse a menos de 200 metros ni comunicarse con ella durante los próximos dos años, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. 

La agresión ocurrió el 4 de agosto de 2019 cuando el acusado y la víctima, acompañada de una amiga, se encontraron en un bar. Según la sentencia, el acusado miraba "desafiante" a su expareja. Por ello, ambas mujeres decidieron marcharse del establecimiento e irse a otro lugar. Aun así, el acusado decidió seguirlas. 

Posteriormente, las mujeres regresaron al primer establecimiento y el agresor continuó acosándolas. Poco después, la víctima acudió al servicio donde el agresor la agarró "con fuerza del brazo" y la introdujo en uno de los lavabos. Cerró la puerta y le impidió salir "pese a las peticiones de la víctima". 

Según continua narrando la sentencia, su expareja le realizó un chantaje pidiéndole mantener relaciones sexuales en aquel momento a cambio de que el aumente la pensión de sus hijos de 300 a 500 euros. 

Ante la negativa de la víctima, el agresor le rompió la camisa y comenzó a tocarla. Gracias a que una mujer escuchó la agresión, la víctima pudo salir del lugar.

La condena impuesta por la jueza al acusado

Como consecuencia de este suceso la víctima ha agravado una sintomatología previa de estado de alerta, psicorreactividad e insomnio. La jueza ha considerado que estos hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual y considera proporcionada la condena de un año y cuatro meses de prisión dada la "gravedad, intensidad y forma de producirse la agresión".

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