Un prestigioso genetista advierte de un posible error científico en la sentencia que absolvió a Dani Alves
Antonio Alonso, exdirector del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, pone en duda la presencia de esmegma en la boca de la denunciante.

Madrid--Actualizado a
El genetista Antonio Alonso ha alertado de un posible error científico en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que absolvió al exfutbolista Dani Alves de un delito de agresión sexual por una falta de fiabilidad en el testimonio de la denunciante, informa en este artículo El País.
El exdirector del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses advierte del supuesto error en un escrito remitido a la Fiscalía, donde señala que no se puede acreditar la presencia de restos de esmegma en la boca de la denunciante con las pruebas realizadas, como sostiene la resolución del TSJC.
Por el contrario, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya habían inferido de las pruebas de ADN que la denunciante había practicado "con muy alta probabilidad" una felación en el baño de una discoteca barcelonesa en diciembre de 2022, aunque ella lo ha negado. Antonio Alonso pone ahora en duda la presencia de esmegma.
El pasado 28 de marzo, la Sección de Apelaciones del TSJC estimó por unanimidad el recurso de Dani Alves y revocó la sentencia de la Audiencia de Barcelona por la que había sido condenado a cuatro años y seis meses de prisión por un delito de agresión sexual, argumentando que la sentencia condenatoria presenta "déficits valorativos muy relevantes" que impiden compartir el fallo.
A juicio del genetista, hubo un "error interpretativo" sobre el ADN que condujo a la sentencia a una conclusión fallida, señala El País, que subraya que ese elemento tiene "un peso específico importante" en la absolución, ya que dar por cierto que hubo una felación contribuye a desvirtuar la declaración de la denunciante, según Antonio Alonso.
El genetista alude a la prueba pericial biológica y de ADN hecha sobre el hisopo bucal de la denunciante, que podría aclarar si antes de la presunta agresión sexual la joven le hizo una felación al futbolista. La joven lo negó y la Audiencia de Barcelona, que condenó a Dani Alves, consideró que no se podía demostrar. El TSJC ha considerado ahora que sí.
Los restos del ADN de Dani Alves en la boca de la denunciante podrían corresponder a la saliva y no, según Antonio Alonso, al esmegma. Según el genetista, la introducción del inapropiado término "ADN del esmegma" pudo haber generado "confusión", lo que llevaría a los jueces a cometer un error ya en la primera sentencia.
Comentarios de nuestros socias/os
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros socias y socios, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.