Opinión
La gilipollas del año

Por Joaquín Urias
Profesor de Derecho Constitucional y exletrado del Tribunal constitucional
Llamar gilipollas a la presidenta de Abogados Cristianos puede ser libertad de expresión. O no. Todo depende de la forma y el momento. No es lo mismo que por la calle o en las redes alguien te llame gilipollas sin más motivo e intención que el de insultarte a que una revista satírica te lo conceda como un galardón ganado por tus actividades políticas.
Sin duda, los insultos no son libertad de expresión, pero sucede que no está tan claro qué es o no un insulto. Para algunos se trata de un concepto formal: hay epítetos que lo son y otros que no. De hecho, en el Antiguo Régimen había un listado de seis palabras prohibidas, que eran las únicas consideradas auténticos insultos.
En realidad, la cosa no va así. De una parte, la creatividad humana es inagotable, especialmente en lo dañino, así que siempre habrá quien invente nuevas expresiones para lastimar. Al mismo tiempo hay palabras formalmente injuriosas que en determinados contextos dejan de serlo: cuando alguien cariñosamente llama a alguno de sus amigos cabrón o hijoputa no se trata de dañar sino de transmitir afecto. En mi tierra es una forma rara, pero frecuente de hacerlo. Más allá, palabras que normalmente no son injuriosas pueden convertirse en insultos según el tono o el momento en que se usan. Llamar a alguien ‘listo’ de manera irónica puede ser una forma de minusvalorarlo. Como dice el Tribunal Supremo norteamericano, la vulgaridad de una persona es la lírica de otra.
Por eso, jurídicamente lo importante no es tanto la forma sino la intención. Debemos preguntarnos qué tienen de malo los insultos. La respuesta es básicamente que niegan la esencia misma de la persona. Un insulto es una expresión despreciativa que daña la dignidad al atacar el mínimo que nos permite reconocernos como seres valiosos. Un insulto no aporta nada al debate, ningún tipo de información, por eso no forma parte de la libertad de expresión. Es, simplemente, una agresión contra otro.
Por eso, el Tribunal Constitucional hace tiempo que aclara que no se trata palabras concretas. Utilizar determinadas expresiones puede ser un indicio, pero lo determinante es la finalidad con la que se usan: el intento de humillar. El Tribunal Constitucional ha llegado a condenar a un programa de televisión por el enfoque que dio a la entrevista a una persona con discapacidad. Aunque solo se reprodujeran sus propias palabras, se hizo de manera que se lo presentaba como un ser ridículo, negándole la dignidad. O sea, de manera insultante.
Ese tipo de agresiones no son tolerables en el debate público. Ni siquiera en una sociedad abierta como la nuestra. El problema, sin embargo, llega cuando se llama insulto a lo que no lo es, para recortar la libertad de expresión ajena.
Cuando una revista satírica presenta a alguien como el gilipollas del año a causa de sus actos públicos no busca humillar a esa persona, sino criticar a través de la ironía los actos políticos del personaje público. Cuando El Jueves llama a Polonia Castellanos gilipollas no le está negando su valor como persona, sino que quiere llamar la atención sobre sus iniciativas políticas. Tampoco se intenta agredir, sino combatir discursivamente en términos de debate público, poniendo en duda por su contenido ideológico las actuaciones de una asociación bien conocida. Se hace mediante el sarcasmo y de la manera desenfadada propia de la sátira.
La democracia se sustenta en la deliberación pública. Una sociedad solo es democrática cuando permite la formación de una opinión pública libre: se trata de que la ciudadanía pueda formar su criterio sobre lo que sucede, formando su juicio sin interferencias del poder. Debemos poder leer todo tipo de análisis y opiniones, críticas o laudatorias para llegar a tener nuestro propio criterio. Cuando un poder público como la justicia prohíbe determinadas opiniones y permite otras, ese proceso deja de ser libre. Los jueces no pueden condicionar la opinión general sobre las cosas impidiendo que se difundan las críticas con las que no están personalmente conformes.
Y eso es, justamente, lo que acaba de hacer la jueza que ha condenado a El Jueves. Es verdad que se trata de una condena civil, pero no por ello deja de ser prohibición de que se emitan determinados contenidos. La sentencia desprecia frontalmente el valor de la comunicación pública libre y lo peor es que no se sustenta en ninguna norma, sino –en el mejor de los casos— en las convicciones morales de la magistrada.
Parece que a esa funcionaria pública o bien le molesta que se critique a los queridos Abogados Cristianos, o bien le parece mal que se usen expresiones que a sus oídos resultan malsonantes. Posiblemente una mezcla de ambas. Considera especialmente grave que la revista diga que los abogados esos son “gilipollas, pero no gilipollas de tontos, sino gilipollas de malvados, de mezquinos, de personas egoístas que solo buscan enfangar el bien común”. Y es justamente esa frase donde queda claro que no se quiere ofender gratuitamente la dignidad personal de nadie, sino criticar los actos de una organización política ultra desde la perspectiva de lo que para la revista es el bien común.
Hace décadas que nuestros más altos tribunales insisten en que la libertad de expresión no solo protege informaciones o ideas socialmente aceptables o inofensivas, sino también a las que ofenden, chocan o molestan. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en una sentencia que la jueza de Valladolidad no querría leer, ha declarado que la libertad de expresión protege a un periodista que en un artículo llamó idiota a un político. Valoró que no se trataba de un ataque personal gratuito sino de una opinión emitida en el marco de una discusión política sobre los actos y opiniones del político. Aunque llamar imbécil a un político pueda ofenderlo, no es desproporcionado en un contexto de indignación expresado en un medio de comunicación. Poco importa que se trate de una revista satírica, pues la libertad de expresión no solo protege la sustancia de las ideas, sino también la libertad para decidir de qué forma se expresan
Lejos de respetar toda esta jurisprudencia constitucional y europea, la magistrada ha decidido negar el valor esencial de la comunicación pública libre no tiene valor alguno. Prefiere situarse a sí misma en el papel de censor moral de los límites del humor y sus formas. Una vez más viene a demostrar que muchos jueces españoles no están preparados para aplicar la ley despojándose de sus propios valores o ideología.
Hace unas semanas otra jueza entendió que llamar Begoño a la mujer del presidente de Gobierno, negando su dignidad como persona y acusarla sin pruebas de ser una narcotraficante era libertad de expresión. Parece que en nuestro país los límites de la libertad de expresión dependen de si atacas a alguien de un bando o del otro.
Necesitamos jueces con más formación en valores constitucionales y que en vez de a memorizar aprendan a ser imparciales. El artículo de El Jueves venía a denunciar un recorte en la libertad de expresión de todos por la acción combinada del lobby ultracatólico de abogados y algunos jueces complacientes. Paradójicamente, resulta que empieza a estar prohibido quejarse de que los jueces no respetan la libertad de expresión. Muy mal asunto.

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