Adelanto electoral: qué puede hacer el Gobierno y qué cambia hasta el 29N
La actividad parlamentaria ordinaria queda suspendida hasta diciembre.

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El adelanto electoral anunciado este lunes por Pedro Sánchez sitúa al país ante unas nuevas elecciones generales que se celebrarán el próximo 29 de noviembre. La convocatoria activa desde este martes 6 de octubre un calendario con varias fechas clave, pero también plantea dudas sobre qué ocurre con el Gobierno y las Cortes durante las semanas que quedan hasta la cita con las urnas.
La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del decreto de disolución de las Cortes marca el inicio formal de este nuevo escenario. ¿Puede el Ejecutivo seguir tomando decisiones? ¿Qué ocurre ahora con el Congreso y el Senado? ¿Cuándo pasa el Gobierno a estar en funciones? Estas son algunas de las cuestiones que surgen tras el adelanto electoral y que marcarán la actividad política hasta el 29N.
¿Qué cambia tras la convocatoria de las elecciones?
La disolución de las Cortes supone el final anticipado de la legislatura y deja en suspenso la actividad habitual del Congreso y del Senado hasta que se constituyan las nuevas Cámaras tras las elecciones. Durante este periodo ya no habrá plenos ni comisiones como los que se celebran normalmente, aunque las Cortes no quedan completamente inactivas.
Las Diputaciones Permanentes de ambas Cámaras mantienen sus funciones constitucionales durante este periodo. La disolución también implica que la mayoría de los parlamentarios dejan temporalmente de ser diputados o senadores. En el Congreso, 213 diputados pierden su condición, mientras que otros 137 la conservan al formar parte de la Diputación Permanente, entre ellos su presidenta, Francina Armengol.
Los diputados que dejan de serlo pueden solicitar una indemnización de transición, siempre que no cuenten con otros ingresos. La cuantía dependerá de los complementos que percibiera cada parlamentario y, según la previsión, oscilará entre unos 7.300 y 9.600 euros. El pago se realizaría de una sola vez y estaría sujeto a tributación.
En cambio, el Gobierno no pasa automáticamente a estar en funciones por la convocatoria electoral. El Ejecutivo seguirá ejerciendo sus competencias hasta después de las elecciones del 29 de noviembre. Será entonces, tras la celebración de los comicios, cuando cese el Gobierno y permanezca en funciones hasta que tome posesión el nuevo Ejecutivo. A partir de ese momento, el Gobierno en funciones deberá limitar su actuación al despacho ordinario de los asuntos públicos, salvo que existan circunstancias de urgencia o razones de interés general que estén debidamente justificadas.
¿Qué puede hacer el Gobierno hasta las elecciones?
El Gobierno puede seguir aprobando disposiciones reglamentarias dentro de sus competencias y también recurrir a los reales decretos-leyes cuando exista una situación de extraordinaria y urgente necesidad, tal y como establece la Constitución.
Lo que queda paralizado es la tramitación ordinaria de nuevas leyes, ya que esta corresponde a las Cortes Generales y tanto el Congreso como el Senado permanecen disueltos hasta que se constituyan las nuevas Cámaras. En el caso de los reales decretos-leyes, la Diputación Permanente del Congreso asume durante este periodo las competencias de la Cámara para decidir sobre su convalidación o derogación.
Tras las elecciones del 29 de noviembre, el Ejecutivo pasará a estar en funciones. A partir de ese momento, no podrá presentar nuevos proyectos de ley ante el Congreso o el Senado ni aprobar el proyecto de Presupuestos Generales del Estado. El Real Decreto 806/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), fija para el 23 de diciembre a las 10.00 horas la constitución del nuevo Congreso y el Senado. Ese día se celebrarán las sesiones constitutivas de ambas Cámaras, en las que los diputados y senadores tomarán posesión de sus escaños y se elegirán las Mesas del Congreso y del Senado.
De esta forma, el Gobierno mantiene su actividad durante las semanas previas al 29N, aunque con límites derivados de la disolución de las Cortes. Tras las elecciones, el Ejecutivo quedará en funciones y verá aún más restringida su capacidad de actuación hasta que se forme el nuevo Gobierno, mientras que las nuevas Cámaras no iniciarán formalmente la legislatura hasta su constitución el 23 de diciembre.


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