Este artículo se publicó hace 11 años.
La Audiencia deja en libertad condicional a Galindo, condenado por el asesinato de Lasa y Zabala
El exgeneral de la Guardia Civil había sido condenado a 75 años de cárcel, pero en 2005 se le concedió el tercer grado
El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha accedido a la propuesta formulada por Prisiones de conceder la libertad condicional para el ex general de la Guardia Civil, Enrique Rodríguez Galindo, condenado por el secuestro y asesinato a manos de los GAL de los etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, según el auto del magistrado José Luis Castro al que ha tenido acceso Europa Press.
Los cadáveres de Lasa y Zabala, secuestrados en Bayona por los GAL en 1983, fueron encontrados años después en una localidad de Alicante donde habían sido asesinados y enterrados usando cal viva para descomponer los cuerpos y dificultar así su identificación. Por estos hechos el Tribunal Supremo condenó a Galindo a 75 años de cárcel en julio de 2001 al igual que al entonces gobernador civil de Guipúzcoa, Julen Elgorriaga. También fueron condenados otros tres guardias civiles a penas comprendidas entre los 73 y los 71 años y ocho meses.
Definitivamente Galindo, que actualmente tiene 74 años de edad, tan sólo habrá cumplido por este crimen un total de 4 años y cuatro meses en la cárcel, siendo el periodo más largo el que estuvo entre mayo del año 2000 -tras ser condenado por la Audiencia Nacional- y septiembre de 2004 cuando fue excarcelado por motivos de salud y trasladado a su domicilio donde siguió cumpliendo su condena bajo vigilancia policial.
El ex general sufre una dolencia cardiovascular que obligó en varias ocasiones su traslado a un hospital. Tras concederle el tercer grado penitenciario en enero de 2005, Galindo recibe ahora la concesión de la libertad condicional propuesta por el Centro Penitenciario de Zuera (Zaragoza) del que depende oficialmente una vez cumplidas las tres cuartas partes de su condena (descontadas las redenciones).
Al cuidado y vigilancia del familiar"El penado ha cumplido las tres cuartas partes de la condena el 30 de septiembre de 2013, está clasificado en tercer grado, observa buena conducta y existe un pronóstico individualizado y favorable de reinserción social, según informe de la Junta de Tratamiento (de Zuera) por lo que concurren los requisitos objetivos y subjetivos mínimos necesarios para la obtención del último grado de cumplimiento de la pena privativa de libertad", justifica el juez en su auto tras contar con el visto bueno de la Fiscalía.
Se trata del mismo magistrado que concedió hace un año la libertad condicional para el etarra Josu Uribetxeberria Bolinaga y, como en el caso del secuestrador de Ortega Lara, Rodríguez Galindo también tendrá que cumplir una serie de requisitos para mantener esta libertad condicional.
Según el auto, "deberá quedar sujeto al cuidado y vigilancia del familiar que designe y acepte la custodia", tendrá la "obligación de residir en el lugar que designe y de fijar domicilio debiendo comunicar al Juzgado cualquier cambio de residencia (ciudad o pueblo donde viva) o domicilio (inmueble concreto, calle o plaza)". Además deberá someterse al seguimiento por parte de los servicios sociales penitenciarios. Esta resolución, dictada el pasado 30 de septiembre, será firme esta medianoche al transcurrir cinco días hábiles sin que ninguna de las partes haya presentado recurso.
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