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Caso Gürtel El Supremo confirma el fallo que condena al Ayuntamiento de Boadilla por acoso laboral a una extrabajadora testigo del caso Gürtel

Debe abonar 96.314 euros a Ana Garrido por la "extinción del contrato de trabajo" y por "daño moral". La afectada, que se negó a firmar "las irregularidades" del consistorio, denuncia que sufrió un "calvario" y una "cacería humana" de diez años.

Ana Garrido, frente a la Audiencia Nacional, en una imagen de archivo. / EFE

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El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que condena al Ayuntamiento de Boadilla al pago de una indemnización a una extrabajadora, testigo del caso Gürtel, por acoso laboral, con lo que el fallo judicial ya es firme. Así lo indica un auto de la Sala de lo Social del Alto Tribunal, que inadmite el recurso interpuesto por el Consistorio contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y del juzgado de lo Social número 2 de Móstoles.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) confirmó la sentencia que condenó al Consistorio a abonar 96.314,15 euros a esta extrabajadora. En la primera sentencia emitida al respecto, en enero de 2014, se condenó al Consistorio al pago de 81.437 euros por la "extinción del contrato de trabajo" y al pago de otros 14.877,15 euros por "daño moral".

La denunciante, Ana Garrido, contaba con un contrato de personal laboral fijo y desempeñaba el puesto de técnico de Juventud, donde estuvo de baja por esta situación durante varias ocasiones. Se da la circunstancia de que Garrido es testigo de la Fiscalía en la trama Gürtel.

En su resolución, el Supremo expone que la sentencia de primera instancia constataba como hechos probados la negativa del edil de Juventud, Deportes, Empleo y Formación a reunirse con la trabajadora por la paralización del desarrollo del Plan Integral de Juventud. "Además de la manifestación hecha por el concejal que le dijo a la actora que se lo iban a hacer pasar mal y que el motivo por el cual estaba paralizado el plan era porque querían que se cansara", recoge el fallo judicial.

Por otro lado, el Supremo detalla que la empleada sufría una situación de ansiedad que se producía mientras estaba de alta en el trabajo y mejoraba cuando estaba de baja. "La Sala concluye que dicha situación la causan el empleador y sus delegados, que es a los que corresponde organizar el trabajo, por lo que el mal uso de esta facultad, que ha producido un daño físico y moral de una persona en concreto produce y conlleva la obligación legal de reparar el daño causado", expone la sentencia.

"Un calvario de diez años

Tras conocer el fallo del Supremo, la afectada ha mandado un comunicado en el que ha señalado que ha sufrido un "calvario" durante diez "largos años" en los que se negó a firmar "las irregularidades" que se ponían sobre la mesa desde el etapa del exalcalde de Arturo González Panero, imputado en el caso Gürtel.

"Durante todos estos años, mi vida ha sido una lucha constante por sobrevivir; ya que la sentencia se ejecutó parcialmente. Es decir, me quedé sin trabajo y no percibí la indemnización, ya que al recurrir, la sentencia no fue firme", ha comentado Garrido, quien denuncia también el haber sufrido una "cacería humana" mediante campañas de "desprestigio".

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