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El CGPJ advierte de que es "imposible" aplicar la paridad en el Tribunal Constitucional

Los vocales aprueban por unanimidad el informe sobre la nueva ley de paridad, con la recomendación de que en el caso del TC los órganos que eligen a sus miembros deberían proponer al 50% de hombres y otro tanto de mujeres.

Los miembros del CGPJ. En el centro de la imagen, el presidente interino, Rafael Mozo. Al fondo a la izquierda, el vocal progresista Álvaro Cuesta y la quinta comenzando desde el fondo, la otra vocal que ha dimitido, Concepción Sáez.
Los miembros del CGPJ. En el centro de la imagen, el presidente suplente, Rafael Mozo. CGPJ

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este jueves por unanimidad el informe sobre el anteproyecto de Ley Orgánica de representación paritaria de mujeres y hombres en órganos de decisión, que se tramita en el Parlamento, con la clara advertencia de que resulta "imposible" aplicar la paridad en el Tribunal Constitucional (TC) o el Consejo Fiscal por el modo en que se elige a sus miembros.

El informe aprobado, de la vocal Pilar Sepúlveda, advierte de que  resulta confuso utilizar el término 'representación paritaria', cuando en realidad de lo que se está hablando es de un mayor equilibrio entre hombres y mujeres. 

"El término paridad alude inequívocamente a una igualdad total. Sin embargo, la representación que se propone en la norma proyectada no es paritaria, sino equilibrada, considerando elprelegislador como tal aquella en la que exista, cuando menos, un 40% de representación del sexo menos representado", consta en el borrador, al que ha tenido acceso este diario. 

La reforma legislativa tiene como finalidad garantizar una representación equilibrada en los órganos constitucionales, un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas, de interés público y en los colegios profesionales, así como asegurar la paridad en las listas electorales, por lo que introduce modificaciones en once textos legales, recuerda el CGPJ.

Pero el término no encaja con el modelo de representación que se propone a lo largo de todo el anteproyecto, a excepción de la reforma que afecta a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), "que no es paritaria sino equilibrada y que se identifica con aquella en la que exista al menos un 40% de representación del sexo en situación minoritaria", advierten los vocales.

"No es realizable" en el TC

En el borrador aprobado se avisa de que en lo tocante al Tribunal Constitucional "no parece un mecanismo realizable", ya que el TC, compuesto por doce magistrados nombrados por el rey: cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, otros cuatro a propuesta del Senado, dos a propuesta del Gobierno y otros dos a propuesta del CGPJ. 

El anteproyecto modifica el artículo 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para imponer a los órganos que han de realizar las propuestas de nombramiento de los magistrados que garanticen el principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres, de forma que incluyan como mínimo un 40%  de cada uno de los sexos. 

El informe sugiere que, dada la imposibilidad de cumplir con esa proporción, se fije en el 50% de cada uno de los sexos. 

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