Este artículo se publicó hace 3 años.
Condenado un jefe de la Policía Local de Zaragoza por filmar bajo las faldas a sus subordinadas
El Supremo impone tres años de prisión al exresponsable de Sanciones de Tráfico por grabar con cámaras ocultas cientos de vídeos "con evidente propósito libidinoso" y "asaltando la intimidad" de las empleadas.
Zaragoza-
“Ellas iban porque era su jefe, y no por otra cosa. Era el jefe”, explica la abogada penalista Olga Oseira, que durante más de cuatro años ha defendido a varias de las catorce victimas identificadas de Javier Valenzuela, el ex jefe de Instrucción de Sanciones de Tráfico de la Policía Local de Zaragoza que durante varios meses se dedicó a filmar con cámaras ocultas bajo las faldas de las oficinistas del cuerpo, a las que llamaba a su despacho.
El Tribunal Supremo ha condenado finalmente a tres años de prisión y una multa de 3.600 euros (canjeable por diez meses de cárcel en caso de impago) por un delito contra la intimidad a este exjefe policial zaragozano que entre febrero y septiembre de 2016 “estuvo utilizando en el interior de su despacho dispositivos-espías ocultos con la clara intención de grabar distintas partes del cuerpo de cintura para abajo, de las funcionarias a su cargo, todas ellas auxiliares administrativas, con evidente propósito libidinoso” y “asaltando la intimidad de las mismas”.
Valenzuela “solía a primera hora de la mañana requerir la presencia en su despacho de las que llevaban falda, con cualquier excusa relacionada con el trabajo”, para, con “un dispositivo de grabación tipo boli[grafo] o pendrive que había colocado estratégicamente en una papelera delante de su mesa y otro en un bolso colgado de una silla, procedía cuando ellas se acercaban a grabarles desde abajo hasta la cintura”, narra la sentencia, que añade cómo “en lugar de situar la papelera junto a sí o tras él, como es lo frecuente, la colocaba delante de su mesa de trabajo y entre las sillas de cortesía”.
Después visualizaba en su ordenador de trabajo las grabaciones, que guardaba “en la mayor parte de las ocasiones” en pendrives y dispositivos externos para “visualizaciones posteriores”.
Ese rastro permitió a la Policía Nacional localizar en su poder “5.256 fotografías y 244 videos, apreciándose en varias imágenes la entrepierna de varias mujeres y su respectiva ropa interior inferior, grabaciones que se realizaron sin el consentimiento de las afectadas”. Los nombres de catorce de ellas, cinco de las cuales padecieron trastornos depresivos y/o ansiosos, figuraban en “innumerables archivos” de vídeo, muchos de los cuáles no pudieron ser reproducidos, con “elocuentes expresiones tales como ‘X dos veces’, ‘Z culo”.
Ser un jefe policial no equivale a ejercer como autoridad
“No es fácil ni sencillo vivir sabiendo que te han estado grabando. Eso es algo muy grave”, señala Oseira en referencia a las víctimas, varias de las cuales fueron pidiendo a partir de entonces el traslado a otros servicios municipales.
Valenzuela deberá indemnizar a ocho de las mujeres, dos de las cuales llegaron a permanecer casi cuatro meses de baja, con cantidades que suman 16.740 euros (más los intereses legales de cuatro años y medio) por las lesiones psíquicas y el daño moral que les causó mientras otras cinco renunciaron a cualquier resarcimiento.
La sentencia inicial de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza había sido ratificada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón antes de que el Supremo retocara la pena a la baja al considerar que, por tratarse de un jefe policial y ser sus víctimas auxiliares administrativas, el condenado no se había prevalido de su cargo como autoridad sino que era un superior de las víctimas “en el marco de una simple relación de dependencia laboral, en este caso funcionarial”, situación para la que no está prevista la agravación de la pena en este tipo de delito.
Sin embargo, a renglón seguido, el tribunal opta por imponerle la pena del tipo básico en su tramo alto, con una rebaja de un año y 720 euros frente a la inicial, al valorar el hecho de que “se prevaliese (…) de la relación jerárquica que le vinculaba con sus víctimas” junto con “la pluralidad de víctimas” y “el alambicado método empleado” para las filmaciones.
Una convulsa década en la cúpula policial zaragozana
La defensa ya no planteó ante el Supremo uno de los argumentos exculpatorios que había mantenido en la primera fase del proceso y que resultaba llamativo, cuando menos, al referirse a un mando policial en activo cuando ocurrieron los hechos: padecía un trastorno adaptativo y otro depresivo motivados por el abuso del alcohol, hipótesis que la Audiencia de Zaragoza ya había descartado de plano.
“El acusado no evitaba a las mujeres jóvenes que vistieran falda, pues las llamaba continuamente a su presencia, sino a los hombres que trabajaban con él como subordinados (a esos los quería bien lejos)”, señaló el tribunal, que interpretó el “ánimo depresivo” como “una consecuencia lógica del actual estado procesal” que “comenzó con la denuncia inicial que interpusieron contra él un grupo de sus subordinadas”.
La sentencia de Valenzuela, que siempre admitió la autoría de las grabaciones aunque les atribuyó a la “insólita finalidad” de “protegerse” de “algunos de sus subordinados (especialmente de las denunciantes) y de particulares que pudieran acudir allí enfadados o quejosos por la imposición de sanciones”, cierra el relato judicial de una convulsa etapa en la cúpula de la Policía Local de Zaragoza, en la que en menos de una década había sido detenido por ciberpedofilia un intendente, que pese a confesar los hechos y ser condenado no llegó a ser expulsado del cuerpo, mientras otro mando del mismo nivel era denunciado por llevar encima lo que aparentaba ser una dosis de ‘speed’ cuando se encontraba en un 'after’.
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