Este artículo se publicó hace 2 años.
¿Por qué la decisión del Gobierno español sobre el Sáhara no cumple con el derecho internacional?
El derecho a la libre determinación del pueblo saharaui se reconoce desde 1960, y el plan de Marruecos para su soberanía en el territorio que apoya ahora el Gobierno contradice el derecho internacional.
Irene González Rodríguez
Madrid--Actualizado a
La carta enviada por el Gobierno español el pasado viernes 18 al Reino de Marruecos posicionaba al Ejecutivo a favor de un plan de autonomía para el Sáhara Occidental bajo la soberanía marroquí. Este posicionamiento ante el futuro de la excolonia española viola el derecho del pueblo saharaui a la libre determinación, que el Frente Polisario propone ejercer mediante un referéndum.
La Comisión Europea ha recordado que el proceso político del Sáhara debe resolverse acorde con las resoluciones de la ONU, y el derecho internacional ha reconocido en diversas ocasiones el derecho del Sáhara Occidental a llevar a cabo la libre determinación.
La declaración sobre la Descolonización de 1960
La Asamblea de las Naciones Unidas, en 1960, estableció que "todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural". Esta resolución 1514 insta a la independencia de las antiguas colonias.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966
En 1966, todos los miembros de la ONU, entre los que se incluía España, se comprometían a promover "el ejercicio del derecho de libre determinación, y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas". El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR, por sus siglas en inglés), en el que se firmaba respetar el derecho de libre autodeterminación de los pueblos, fue ratificado por el Gobierno español en 1977.
La resolución de la Corte Internacional de Justicia de La Haya
En 1975, la Corte Internacional de Justicia de la Haya establecía en una opinión consultiva al caso del Sáhara Occidental su derecho a la autodeterminación. En el texto, que examinaba el caso concreto del Sáhara ante la petición de la Asamblea General de la ONU, se reafirmó que "la Corte no comprobó que existieran vínculos jurídicos capaces de modificar la aplicación de la resolución 1514 (XV) en lo que se refiere a la descolonización del Sahara Occidental y, en particular, a la aplicación del principio de la libre determinación mediante la expresión libre y auténtica de la voluntad de las poblaciones del territorio".
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