Este artículo se publicó hace 2 años.
¿Cómo saber si me ha tocado ser miembro de una mesa electoral?
Este es el procedimiento por el que se eligen a los miembros de una mesa electoral: mediante un sorteo público, cuya designación comporta la obligatoriedad de ejercer el cargo que, si no se desempeña de manera justificada, compromete sanciones y penas de prisión.
Madrid-Actualizado a
El próximo 13 de febrero se celebran elecciones en Castilla y León, después de que el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, decidiera adelantar los comicios. La competición entre los partidos está muy reñida tras la caída en las encuestas de los populares. Según algunos sondeos, PP y PSOE estarían rozando el empate técnico.
Con el telón de fondo de esta competición electoral, más de dos millones de ciudadanos de la región podrán acudir a las urnas el próximo domingo para depositar su voto. Lo harán en la tradicional mesa electoral que está compuesta por un presidente y dos vocales, cargos que pueden ser designados a cualquier ciudadano por medio de un sorteo y que deberán ejercer de forma obligatoria.
Quién y cómo se elige a los miembros de la mesa
Los ayuntamientos son los encargados de realizar un sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en el censo electoral de la mesa correspondiente. Los posibles candidatos deben ser menores de 70 años. En el caso de que tengan más de 65 podrán expresar su renuncia en un plazo de siete días.
Qué requisitos se deben cumplir
Los requisitos para ser vocal son saber leer y escribir. El presidente, no obstante, deberá tener Bachillerato o Formación Profesional de segundo grado, o el Graduado Escolar o equivalente de manera subsidiaria. Atendiendo a estos criterios, se eligen dos suplentes por cada puesto de la mesa. Es decir, se han de designar a tres cargos oficiales y a seis suplentes.
Cuándo comienza el sorteo y cuándo se notifica
Este sorteo se inicia 25 días después de la convocatoria electoral. El proceso dura cuatro días, concluyendo por lo tanto 29 días después de la convocatoria. Una vez es realizado el procedimiento aleatorio se deberá notificar por correo a los seleccionados la designación en un plazo de tres días.
Cuándo se puede evitar formar parte de la mesa
La Junta Electoral establece un plazo de siete días para que los designados puedan defender ante la Junta Electoral de la zona mediante la correspondiente documentación las causas que explican y justifican la imposibilidad de ser miembro de la mesa. El organismo público deber resolver la alegación en un plazo de cinco días y estimar si no se cumplen los requisitos para ausentarse o, en caso contrario, si hay justificación y por lo tanto debe informar al suplente.
Si se cumple el plazo y el ciudadano no puede ser un integrante de la mesa, debe comunicarlo a la Junta del lugar al menos 72 horas antes del acto al que debiera concurrir presentando las justificaciones oportunas. Si la situación va aún más allá y a uno de los miembros le surge un impedimento tras esas horas, deberá ponerlo en conocimiento de la Junta de la zona antes de la constitución de la mesa.
Qué sucede si no acudes a la mesa electoral
Si un miembro se ausenta y no ha justificado las razones por las que no puede acudir a una mesa electoral en la que ha sido designado se enfrentaría a una multa de seis a 24 meses o a una pena de entre tres meses a un año de prisión.
Qué pasa si eligen a alguien que está trabajando
La norma señala que cuando se trata de trabajadores por cuenta ajena o funcionaros elegidos para ser miembros de una mesa electoral tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral.
Las funciones de los miembros de la mesa
Al integrante de una mesa se le proporciona un manual de instrucciones sobre sus funciones, que deberá ser supervisado por la Junta Electoral Central y aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros o de los Consejos Ejecutivos de las Comunidades Autónomas. Lo primero es supervisar y controlar el desarrollo de la jornada, comprobando que están todos los materiales para el correcto desarrollo del proceso. Por ejemplo, deben cerciorarse de que hay papeletas de todos los partidos políticos que se presenten por esa circunscripción.
El presidente es el que rellena el acta de constitución de la mesa entre las 8.00 y las 8.30 horas, que también debe ser firmada por los vocales, e identificará a los votantes solicitándoles el documento correspondiente, que puede ser el DNI, el pasaporte o el permiso de conducir.
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