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¿Cómo se financian los partidos políticos?

Más del 75% de sus ingresos provienen de fuentes públicas

Una sesión del Pleno del Congreso de los Diputados

M. GAVILANES, E. BELMONTE y A. ANDRÉS | CIVIO

EL BOE NUESTRO DE CADA DÍA.- Más del 75% de los ingresos que reciben los partidos provienen de fuentes públicas, según los últimos datos del Tribunal de Cuentas (2013), entre subvenciones para funcionamiento y seguridad, ayudas para gastos electorales y aportaciones a grupos en Las Cortes, cámaras autonómicas, diputaciones y ayuntamientos.

La Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos de 2007 establece todas las posibles aportaciones que puede recibir una formación y las divide entre recursos públicos y recursos privados. Los ingresos públicos, que tuvieron su momento álgido en 2011, año en el que superaron los 316 millones de euros, se han ido reduciendo hasta quedar en los 216,7 millones de 2013. Los privados, por el contrario, han ido creciendo desde 2007 (64,8 millones) hasta colocarse en los 70,4 millones de 2013. Un pequeño ascenso que no compensa la pérdida de ingresos públicos.

Pero, más allá de números absolutos, los porcentajes apenas varían: el grueso de los ingresos de los partidos sigue llegando, de forma mayoritaria, de las arcas públicas (en azul en este gráfico).

Ayudas para su funcionamiento ordinario

El Ministerio del Interior es el encargado de repartir las subvenciones a partidos con representación en el Congreso de los Diputados para su funcionamiento ordinario. Estas ayudas se establecen cada año en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y, aunque fueron creciendo hasta superar los 82 millones de euros en 2011, desde entonces han ido cayendo. Desde 2013 se mantienen inmutables: 52,7 millones al año.

Además, la ley de 2007 reguló las aportaciones para gastos de funcionamiento que Euskadi, a imagen y semejanza del Estado, venía concediendo a los partidos vascos desde 1992, según el Tribunal de Cuentas. En ese año, la Comunidad Valenciana también incluyó esta nueva financiación en sus presupuestos. En total, estos dos gobiernos autonómicos han reservado en 2016 más de 6,1 millones de euros para los partidos con representación en sus parlamentos. Son las dos únicas comunidades autónomas que reparten estas ayudas para funcionamiento.

Ayudas para gastos de seguridad

Otra partida, también del Ministerio del Interior, corresponde a una asignación destinada a sufragar los gastos de seguridad en los que puedan incurrir los partidos. Como ocurrió con las de funcionamiento, estas ayudas fueron creciendo hasta los 4,2 millones en 2011, el año pico. Desde entonces, cayeron hasta establecerse en los 2,7 millones que se han repartido, año a año, en los últimos tres ejercicios.

Ayudas para grupos

Comparten también origen público las subvenciones que otorgan las Cortes Generales (15,9 millones de euros para 2016) a sus grupos parlamentarios y los distintos parlamentos autonómicos (más de 65 millones de euros para este año). A estas se suman las asignaciones a grupos de diputaciones y ayuntamientos. Esta partida es la más importante de todos los ingresos públicos. 

Ayudas para gastos electorales

Cierran el capítulo de los recursos públicos las subvenciones electorales y las subvenciones extraordinarias si se convocara un referéndum y que también forman parte de los PGE. En 2015, el año con mayor asignación, se presupuestaron más de 101 millones para sufragar los gastos de campaña de los partidos en las generales y las municipales de ese año. En 2016, el presupuesto fue de 44,2 millones. Eso sí, el montante por escaño y voto que se repartió tras las generales era calcado al de 2015.

Ingresos privados

Los partidos pueden recoger las aportaciones de sus afiliados o donaciones, con un tope de 100.000 euros anuales por persona, excepto en el caso de los bienes inmuebles, que no están limitados, y nunca de empresas que tengan contrato en vigor con las administraciones públicas. En 2013, el último ejercicio fiscalizado por el Tribunal de Cuentas, las donaciones alcanzaron los 5,9 millones de euros. Las cuotas de sus afiliados tienen un volumen mucho mayor: 42,8 millones de euros.

Además, pueden recibir ingresos de la gestión de su propio patrimonio o de actividades y servicios que puedan prestar "en relación con sus fines específicos". Las formaciones políticas están exentas del Impuesto sobre Sociedades por las rentas obtenidas a través de cualquiera de las fuentes anteriores.

¿Qué les prohíbe la ley?

- Recibir donaciones anónimas y de empresas o cualquier personas jurídica. Solo pueden recibir donaciones de personas físicas que “no sean parte de contratos públicos vigentes” y estas no pueden superar los 50.000€ anuales. Las fundaciones que tienen los partidos, en cambio, pueden recibir donaciones de cualquier persona o empresa sin límite.

- Tener actividad mercantil salvo que sean las actividades tradicionales de promoción de los partidos. Sin embargo, no está prohibido que sean accionistas de sociedades.
Aunque pueden pedir préstamos a los bancos sin ninguna limitación, no pueden beneficiarse de condonaciones de deuda, ni de renegociaciones de las condiciones de los créditos en las que se acuerden tipos de interés por debajo de los comerciales. De hecho, en la última reforma de la ley, en 2015, se prohibió la condonación de la deuda que mantienen los partidos con las entidades de crédito. Antes existía un límite de 100.000 euros anuales.

- Que terceras personas asuman gastos del partido.

¿A qué les obliga la ley?

- A presentar su contabilidad anualmente al Tribunal de Cuentas en la que deben incluir una memoria en la que se indique, de manera detallada, una relación de todos sus donantes y los préstamos suscritos con los bancos. En esta contabilidad no están obligados a incorporar las cuentas de sus grupos políticos en parlamentos, diputaciones y ayuntamientos. Hasta este año tampoco han estado obligados a presentar las cuentas del partido hasta el nivel municipal.

- A informar al Tribunal de Cuentas cada vez que reciben una donación privada o la aportación de un militante de más de 25.000 euros, o cualquier inmueble.

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