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Los fiscales rechazan el indulto a Griñán por los ERE fraudulentos

"La conducta enjuiciada no puede quedar sin respuesta punitiva mediante la conmutación parcial de la pena privativa de libertad impuesta, pretensión que excede del carácter excepcional que configura la gracia de indulto", afirman en un escrito.

El expresidente de la Junta, José Antonio Griñán, en una imagen de archivo.
El expresidente de la Junta, José Antonio Griñán, en una imagen de archivo. Eduardo Briones / Europa Press

Los fiscales se oponen a los indultos pedidos por el expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán (PSOE), que fue condenado a seis años de prisión por el caso de los ERE fraudulentos, y siete exaltos cargos más.

Griñán está ahora fuera de prisión debido a que los jueces han suspendido la pena de cárcel por su estado de salud (padece cáncer). En paralelo, el expresidente ha recurrido la condena al Tribunal Constitucional, además de pedir el indulto, que Justicia tramita.

"El examen detenido de los argumentos esgrimidos en cada uno de los apartados para justificar la solicitud de indulto parcial de las penas impuestas en sentencia revela que ninguna de ellas guarda relación con la naturaleza y finalidad del instituto del indulto y su norma reguladora", argumenta la Fiscalía, en una nota remitida los medios.

Remata el Ministerio Público lo siguiente: "La conducta enjuiciada no puede quedar sin respuesta punitiva mediante la conmutación parcial de la pena privativa de libertad impuesta, pretensión que excede del carácter excepcional que configura la gracia de indulto. En este escenario, los fines retributivos, de prevención y rehabilitación de las penas no justifican, ni permiten la concesión de un indulto parcial". 

Un recado al expresidente

Dejan además los fiscales un recado al expresidente. Así consta en el escrito enviado a los medios: "Como mérito se alega se detalla la trayectoria personal y profesional del condenado, con un reconocimiento público de la misma y de su "honestidad y honradez". No puede ser éste apreciado cuando se le condena por los delitos más graves cometidos en el seno de la Administración Pública y en su ejecución se detecta un evidente y fragrante quebranto de la probidad en el ejercicio de la función pública". 

Los fiscales argumentan que "el ejercicio de la gracia de indulto solo resulta justificado de forma excepcional" y tiene como finalidades poner remedio "a situaciones consideradas de injusticia notoria como consecuencia  de la estricta e inevitable aplicación del derecho" y también ayudar a cumplir con la "función de resocialización" recogida en la Constitución. Para la Fiscalía, este no es el caso.

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