El Gobierno acelera el fin de la Fundación Franco: "menosprecia a las víctimas" e "incita al odio"
La Secretaría de Estado de Memoria Democrática remite un informe al Ministerio de Cultura, al que ha accedido 'Público', y que es clave para iniciar el proceso judicial de extinción de la Fundación.
El informe defiende que "se solicite la suspensión provisional de las actividades" de la Fundación hasta que se dicte sentencia, así como adoptar las medidas cautelares que se consideren.

Madrid--Actualizado a
En octubre de 2022 se aprobó definitivamente la ley de memoria democrática. Suponía una actualización de de la ley de memoria histórica de 2007 e incluía algunas medidas llamativas como la resignificación de Cuelgamuros, ya en marcha o la declaración de lugares de memoria. También se establecía la posibilidad de la "extinción" de fundaciones que hicieran apología del franquismo, ensalzaran el golpe de Estado o la dictadura o menospreciaran a las víctimas. El objetivo, por tanto, apuntaba a la Fundación Nacional Francisco Franco (FNFF). Público ha tenido acceso a un informe que puede acelerar todo el proceso.
El Gobierno ha reconocido que el despliegue de la ley de memoria no ha ido todo lo rápido como le hubiera gustado. Pero el Ejecutivo que lidera Pedro Sánchez ha dado ya un paso más para acometer la ilegalización o extinción de esta Fundación. El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática que lidera Ángel Víctor Torres, a través de la Secretaría de Estado de Memoria de Democrática, ha remitido ya al Ministerio de Cultura, con las competencias en materia de Fundaciones, un informe necesario para iniciar el proceso judicial. Ahora será el departamento que dirige Ernest Urtasun quien debe elevar judicialmente el asunto porque son los tribunales quienes deben dictar sentencia.
Público ha tenido acceso a este documento, de 30 páginas más varios anexos que incluyen otro informe de la Abogacía General del Estado, el de un catedrático en Derecho Constitucional, un análisis de contenidos y apariciones en medios de la FNFF y un compendio de testimonios de víctimas del franquismo en relación con las actividades de la FNFF.
El informe justifica las razones por las que la FNFF podría ser extinguida en base a la nueva legislación. Por un lado, desgrana todas las actividades que realiza esta Fundación, así como sus objetivos y estatutos. "Existe principalmente para difundir el conocimiento de la figura del líder de una dictadura que ha sido expresamente condenada tanto por la vigente ley de memoria como en el ámbito internacional (a través del Consejo de Europa)", indica el documento.
El texto al que ha tenido acceso este medio hace referencia también a algunas de las conclusiones de la Abogacía General del Estado sobre "el carácter y sesgo inequívocamente positivos que impregnan los fines de la FNFF respecto de la figura del dictador y del régimen dictatorial que lideró".
"El análisis de los aproximadamente 5.500 textos que tiene publicados en su página web permiten concluir que los fines y la actuación de la FNFF no persiguen el interés general", justifica el informe. Para la Secretaría de Estado de Memoria Democrática son claramente inconciliables con los fines tanto de la Ley de Fundaciones como de los que inspiran la ley de memoria democrática. Por tanto, ese factor de "interés general" que se le exige a las Fundaciones queda desmontado en el informe del Gobierno.
Complementariamente se ha llevado a cabo un informe documental de prensa, radio, redes sociales, televisiones y cualesquiera medios de comunicación en el que se recojan todo tipo de actividades, declaraciones, y convocatorias "que signifiquen o puedan significar una exaltación al franquismo y a su dictadura y supongan o puedan suponer humillación a las víctimas de la represión franquista por parte de la FNFF".
De dicho estudio se infiere "que los fines que la práctica totalidad de las acciones que la FNFF lleva a cabo en desarrollo de sus fines esenciales se desarrolla a través de eventos, declaraciones, entrevistas y comunicados". "La FNFF aplica de forma recurrente sus distintos canales de comunicación para difundir una narrativa centrada en la figura de Francisco Franco y los símbolos del régimen, mientras las actividades supuestamente orientadas a la cultura, investigación científica o educación resultan casi inexistentes", señala el informe. Por ello, el "contraste entre el énfasis propagandístico y la casi ausencia de proyectos con impacto social o reparador plantea dudas sobre su ajuste a la finalidad de interés general" que exigen las leyes.
Recientemente Público desveló, por ejemplo, la celebración de un acto en el Gran Hotel Victoria para hacer apología de la dictadura. Tras la publicación de la información, el establecimiento canceló el acto. En una breve declaración, el presidente de la fundación, Juan Chicharro, achacó a las "presiones comunistas" de este medio la cancelación del contrato de la sala en la que pretendía celebrar el acto.
Menosprecio a las víctimas
El análisis realizado por el Gobierno recuerda la condición de víctima del franquismo que se incluye en la ley de memoria democrática. "La represión franquista produjo en la mayoría de las víctimas profundos traumas que con frecuencia transmitieron a sus hijos, sobre todo cuando, como fue lo habitual, en casa reinaba el silencio por miedo a la represión y para intentar proteger a sus hijos. Todavía hoy se mantiene ese miedo, y muchas víctimas no se atreven a hablar del tema cuando algún historiador o periodista las entrevista", apunta el informe, que añade que las actividades de la FNFF "remueven sentimientos de dolor en las víctimas del franquismo".
Como apoyo, el Gobierno ha recopilado testimonios de estas víctimas. Y ha justificado que "ese menosprecio" aparece en los textos de la FNFF básicamente bajo el prisma negacionista, es decir, la negación de la represión o la minoración de su alcance". Se ponen varios ejemplos de ello con textos publicados en la web de la FNFF con títulos como Guernica: tragedia, mentira y farsa o Sobre la gran mentira de la represión franquista, entre decenas de otros.
"Estos titulares evidencian una estrategia deliberada de la FNFF para ridiculizar y deslegitimar a las víctimas de la represión franquista, articulándolo a través de lenguaje agresivo, negacionismo y traslaciones de culpa", añade el informe. De las entrevistas a víctimas realizadas, continúa el texto, se desprende "que el recuerdo de la violencia sufrida y la represión y represalias padecidas por las víctimas del franquismo siguen vivos".
El informe también incide las exhumaciones iniciadas en Cuelgamuros y en el hecho de que la FNFF "lleva a cabo cuantas acciones tiene a su alcance para obstaculizar e impedir su derecho a recuperar los restos de sus familiares y poder darles digna sepultura".
Conclusiones
El informe se cierra con cuatro conclusiones finales. La primera recuerda lo establecido en la ley de memoria democrática y en la Ley de Fundaciones. La segunda destaca que el "propósito principal" de la Fundación Francisco Franco "supone proporcionar una visión inequívocamente positiva del franquismo" y realizar "un conjunto de actividades de contenido apologético del golpe de estado de 18 de julio de 1936 y la guerra de España 1936-1939, del dictador y de la dictadura".
La tercera conclusión incide en en "el menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo, o la incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las mismas por su condición de tales, a través de una estrategia expresamente negacionista de descalificación de las víctimas y sus historias, así como negación y minimización de los daños sufridos, que reaviva el dolor de las víctimas en concreto, las revictimiza y afrenta sus derechos a la verdad y la reparación que las normas internacionales de los derechos humanos les reconoce".
Por todo ello, en la cuarta conclusión se pide que "se inste judicialmente la extinción de la FNFF y se solicite, en su caso, la suspensión provisional de las actividades de la misma hasta que se dicte sentencia, así como adoptar las medidas cautelares que se consideren necesarias para la eficacia de la suspensión de actividades".

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