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Caso Dina Iglesias reclama la nulidad del auto que pide su imputación al Supremo y acusa al juez García Castellón de "arbitrario"

La defensa del vicepresidente segundo del Gobierno asegura en su recurso ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que el magistrado García Castellón "carece de fundamentación" porque "no hay pruebas que sustenten" sus acusaciones. 

Iglesias dice que amenazas a García-Castellón provienen de cuentas vinculadas a Vox
El vicepresidente segundo del Gobierno y líder de Podemos, Pablo Iglesias, en el Congreso(Fuente: Congreso)

J. O. / P. L.

Pablo Iglesias ha decidido recurrir el auto del pasado 7 de octubre en el que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón pedía al Tribunal Supremo, en una exposición razonada, que investigue al vicepresidente segundo del Gobierno por los supuestos delitos de descubrimiento y revelación de secretos, con agravante de género, daños informáticos y denuncia falsa, en relación con el robo del móvil de su exasesora Dina Bousselham, que se investiga en la pieza Dina dentro de la macrocausa Tándem (o caso Villarejo). 

El recurso ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional pide la "nulidad radical" del auto del juez García Castellón. Y basa su petición en varios motivos. Aduce, en primer lugar, que dicho auto "carece de fundamentación" y añade que "no hay pruebas que sustenten" sus acusaciones. Además, la defensa de Iglesias recuerda que "deja sin efecto material el auto de la propia Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de fecha 16 de septiembre de 2020" en el que se pedía al juez que devolviera a Iglesias su condición de perjudicado en la causa.

Hay una segunda razón: la defensa del líder de Podemos asegura que el auto de García Castellón "vulnera normas esenciales del procedimiento". Se refiere, en concreto, a aquellas que determinan que el caso sea competencia del propio Juzgado Central de Instrucción número 6  —el de García Castellón—, y de la Audiencia Nacional. 

Los abogados del vicepresidente del Gobierno consideran que García Castellón ha sido "arbitrario" en su proceder y justifican así su argumento: "El propio Juzgado Central de Instrucción, igualmente sin justificación alguna, mantiene la competencia respecto del procedimiento, que obviamente sólo se puede justificar si se establece una conexidad con la presunta organización criminal del señor Villarejo, origen de la pieza principal y elemento que configura la competencia del propio Juzgado Central de Instrucción número 6. Que si consideraba que los hechos que ha investigado son ajenos a la meritada organización criminal, debería haberse inhibido en un juzgado ordinario de Madrid, y ser dicho juzgado el que hubiera debido valorar los elementos indiciarios existentes respecto de cualquier hecho que pudiera tener relevancia penal a los efectos que considerase". 

Finalmente, la defensa de Iglesias afirma que el auto del 7 de octubre debe ser declarado nulo porque se ha vulnerado su "derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión", tal como establece el artículo 24 de la Constitución

Coincidencia exacta entre los pantallazos de 'Okdiario' y un chat contenido en la tarjeta

En su exposición razonada el juez incluye como "Hecho C" que Pablo Iglesias "tenía el claro objetivo de perjudicar a Okdiario" y que "simula y usa torticeramente el proceso penal" (...) sabiendo que "no existía conexidad entre las imágenes publicadas por el digital y los hechos del 1 de noviembre".
Y distribuye este "claro objetivo" en dos fases: primero, en la ampliación de denuncia que hace Dina Bousselham (ella, no Pablo Iglesias, ni Podemos) en agosto de 2016 en el juzgado de Alcorcón donde se instruía, y luego durante la instrucción de Tándem.

En el recurso, el equipo jurídico de Iglesias recuerda que la pieza Dina se abre por el juez cuando el 19 de marzo de 2019 éste recibe un oficio de Asuntos Internos informando del hallazgo de varias copias de la tarjeta de Dina en el domicilio de Villarejo así como de la coincidencia exacta entre los pantallazos publicados por okdiario el 21 y 28 de julio de 2016 y un chat contenido en la tarjeta. Más tarde hubo otro oficio informando de publicaciones anteriores con contenido coincidente con el de la tarjeta por otros redactores y/o medios con relación acreditada con Villarejo y su entorno directo. No fue pues una iniciativa procesal de Iglesias, defiende el recurso, quien solo se persona cuando el juez le ofrece acciones a la vista de dicho oficio.

Aunque el recurso no lo indica, es Dina Bousselham quien denuncia y quien amplía la denuncia, no Iglesias ni Podemos como partido, si bien el magistrado, en su exposición razonada, da por hecho que Dina es una suerte de marioneta, que es Iglesias quien da las instrucciones y que, además, su ausencia en dicha ampliación es "prueba" de que "no querían investigar" el robo, sino solo "perjudicar a Okdiario", porque Dina vincula el robo al contenido de información estratégica electoral de Podemos.

[El juzgado no admitió ni en noviembre de 2015 ni luego posicionar el teléfono por gps. Por no pedir, no se pidieron ni las cámaras al centro comercial donde se produjo el rojo, ni por la policía ni por el juzgado, que son los que tienen la función de investigar el delito denunciado. Lo despacharon a los dos días del robo con un "archivo por autor desconocido"].

El recurso Podemos señala, a su entender, diversas contradicciones del juez en su exposición con relación, por ejemplo, a la realidad del robo: en algunos párrafos lo niega y en otros habla de "desaparición del móvil a Dina". Otro aspecto que remarca el recurso gira en torno a la certeza del magistrado acerca de que los pantallazos no pudieron llegarle a Inda vía Villarejo. No se plantea otra posibilidad más que estos llegaran a Inda como consecuencia de los envíos de contenido por parte de Dina. Y ello a pesar de los hechos no discutibles del hallazgo de copias en la casa de Villarejo, su relación más que demostrada con Inda y la existencia de anteriores publicaciones por otros redactores próximos a Villarejo con información que estaba en la tarjeta —y esto es un hecho irrefutable—, aunque podrán  decir que les llegó por cualquier vía.

Su escrito de recurso destaca, además, "la ausencia de elementos racionales" para implicar al Tribunal Supremo en el asunto. Aquí esgrime como argumento una razón que tiene que ver con otro auto de García Castellón, también dictado el pasado día 7 de octubre.

Intento de carpetazo a la causa Dina

Ese día el juez dictó un auto de pase de diligencias previas a procedimiento abreviado, con el que concluía la instrucción del caso Dina, y proponía juzgar al comisario jubilado José Manuel Villarejo, actualmente en prisión por otra causa, y a dos periodistas, el exdirector y el exsubdirector de Interviú, Alberto Pozas y Luis Rendueles, respectivamente, por intercambiarse información del contenido de la tarjeta del teléfono móvil de Dina Bousselham.

Iglesias y sus abogados argumentan que no es lógico que García Castellón dé por concluida la investigación del caso Dina al mismo tiempo que pide al Tribunal Supremo que se siga investigando al vicepresidente segundo. 

Curiosamente, los exresponsables de la revista Interviú Alberto Pozas y Luis Rendueles argumentan lo mismo en el recurso presentado este viernes ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional contra su procesamiento por este asunto. Los periodistas también creen incompatible su procesamiento con la decisión paralela de pedir al Supremo la imputación de Pablo Iglesias.

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