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Caso Nóos La infanta Cristina "desconocía" que Urdangarín delinquiera frente a Hacienda

El tribunal absuelte a Cristina de Borbón en seis párrafos. Considera que no participó en la ocultación del IRPF de su marido por medio de la sociedad que ambos poseen al 50%. La Justicia deberá devolverle 322.000 euros

Cristina de Borbón durante una de las sesiones del juicio de Nóos.

JULIA PÉREZ/ EFE

La infanta Cristina "desconocía" la existencia de "ilícitos penales" (delito fiscal y malversación) cometidos por su marido, Iñaki Urdangarin, y no participó en su ejecución, según la sentencia del caso Nóos que se ha notificado este viernes.

El tribunal de la sección primera de la Audiencia de Palma asegura en la sentencia que "no ha resultado acreditada" la participación de Cristina de Borbón en "la ocultación del hecho imponible relativo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IFPF) por el que venía obligado su esposo, correspondiente a los ejercicios 2007 y 2008".

El tribunal dedica seis párrafos para absolver a la infanta en una sentencia de 742 páginas, frente a los 100 folios que dictó el juez instructor, José Castro, en el auto de imputación de Cristina de Borbón.

En los párragos que absuelven a la infanta, el tribunal expone que se requiere "una acción consciente dirigida a la defraudación del erario público", como es la cooperación necesaria, la complicidad y la inducción (página 668 de la resolución).

Las magistradas precisan que, a pesar de que la hermana de Felipe VI desconociera los delitos, el dinero ingresado en las cuentas de Aizoon (la empresa que la infanta compartía con su marido al 50 %) "ocultado y sustraído a la correspondiente tributación, y, la cantidad malversada" procedente del reparto de beneficios acordado por Urdangarin y su exsocio, Diego Torres, se incorporó a su patrimonio "desde que fue ingresado en cuentas corrientes de las que gozaba de plena disponibilidad".

Según el tribunal, mediante su tarjeta de crédito asociada a las cuentas corrientes de Aizoon, la infanta cargó gastos y se benefició de las cantidades ingresadas por un total de 265.088,42 euros, cuantía de la que ha sido considerada corresponsable a título lucrativo con Urdangarin.

La sentencia considera que no ha resultado acreditada la participación de la infanta Cristina en el fraude fiscal de su esposo, ni de Ana María Tejeiro en el del suyo. La esposa de Torres es condenada como responsable civil -partícipe a título lucrativo. por importe de 344.934 euros.

Cristina de Borbón consignó en diciembre de 2014, la cantidad de 587.413,58 euros, en concepto de responsabilidad civil. Por ello, la Justicia deberá devolver 322.000 euros a la infanta, que es el resultado de la diferencia entre lo consignado y la multa que se le ha impuesto como responsable civil.

El tribunal llega a estas conclusiones partiendo del hecho de que Urdangarin y Torres decidieron en 2002 dedicarse juntos a actividades empresariales relacionadas con la consultoría y el diseño y organización de eventos.

Según recogen los hechos probados de la sentencia de 741 páginas difundida hoy, acordaron que Torres diseñaría los proyectos y asumiría tareas de dirección de la estructura y los recursos humanos y materiales, y Urdangarin se ceñiría al ámbito institucional y comercial, "proporcionando los contactos necesarios que, al más alto nivel institucional, su privilegiado posicionamiento le procuraba".

Adquirieron la empresa Nóos Consultoría Estratégica y la Asociación Instituto Nóos de Investigación Aplicada.

Además, para ejecutar los proyectos convenidos operaron con terceros proveedores y a través de empresas que su propiedad.

Urdangarin se sirvió de Aizoon (creada en 2003 al 50 % con su esposa) y Torres de Shiriaimasu, Intuit Strategy Innovation Lab, Virtual Strategies y De Goes Center for Stakeholder Management.

Esas mercantiles propiedad de ambos socios emitieron 425 facturas contra el Instituto Nóos y Nóos Consultoría.

Urdangarin cobró a través de Aizoon 837.683 euros y Torres con sus empresas 838.566 euros.

Aunque Urdangarin abandonó formalmente Nóos en 2006, "continuó colaborando tanto en los proyectos en curso contratados con las instituciones públicas como en los nuevos que fueron diseñados", aseguran las juezas, que consideran que además tuvo "una activa participación" en los nuevos proyectos ligados a la Fundación Deporte Cultura e Integración Social (FDCIS).

"Pleno y absoluto control"

El tribunal destaca "el pleno y absoluto control" que ejercieron Urdangarin y Torres sobre todas las empresas del entramado y los considera responsables del beneficio económico generado, por lo que señala que deben imputarse "los rendimientos obtenidos por el conglomerado Nóos a Diego Torres y a Ignacio Urdangarin como personas físicas".

La sala cifra la cuota defraudada por Urdangarin por el IRPF de 2007 en 129.739 euros y por 2008 en 126.537 euros. En cuanto a Torres, asciende en 2007 a 344.768 euros y en 2008 a una cantidad inferior a los 120.000 euros que determinan la existencia de delito.

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